Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores terminado Arte Piedra Natural S.L.

El 15-05-2009, Arte Piedra Natural S.L., en FUENTES DE EBRO (Zaragoza) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de ZARAGOZA. El número de insolvencia de esta empresa es B50881440. La actividad (principal) de Arte Piedra Natural S.L. es fabricación de otros productos minerales no metálicos.
El concurso ha concluido.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Arte Piedra Natural S.L.
Localidad:
FUENTES DE EBRO
Provincia:
Zaragoza
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B50881440
Número de insolvencia:
B50881440
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Industria
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
PG :
INDUSTRIAL LA CORONA 0
50740 FUENTES DE EBRO
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
13-09-2016
A160048503
 
  • Cese de los Administradores
  • Alzamiento de las limitaciones de administración
  • Conclusión del concurso
 

EDICTO

EL Juzgado de lo Mercantil número 2 de Zaragoza anuncia:

Primero.- Que en el procedimiento concursal número 61/2009-J se ha dictado Auto de fecha 28-7-2016, en el cual se ha acordado la conclusión por inexistencia de bienes y derechos, del concurso del deudor ARTE EN PIEDRA NATURAL, S.L. con CIF nº B50881440 y domicilio en Polígono Industrial "La Corona" Fase III naves 2-4 de Fuentes de Ebro (Zaragoza),

Segundo.- En dicho Auto, se ha acordado la conclusión del concurso y el archivo de las actuaciones, el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, se ha aprobado la rendición de cuentas presentada por la Administración concursal y se ha acordado el cierre de la hoja de inscripción en el Registro Mercantil.

Tercero.- En dicho Auto se ha acordado la publicación en Boletín Oficial del Estado y en el tablón de anuncios de este Juzgado.

Contra el referido Auto no cabe recurso alguno.

Zaragoza, 30 de julio de 2016.- Letrada Admón. Justicia.

01-10-2013
A130053364
 
  • Cese de los Administradores
  • Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
  • Apertura de la fase de liquidación
  • Apertura de la sección seis
 

Edicto

D.ª María Jaén Bayarte, Secretaria Judicial del Jdo. de lo Mercantil n.º 2 de Zaragoza, anuncia:

Que en la Sección y del concurso abreviado 61/2009-E, referente al concursado Arte Piedra Natural, S.L., con CIF n°B50881440 y con domicilio en Fuentes de Ebro (Zaragoza), Polígono Industrial "La Corona", Fase III, naves 2-4 por auto de fecha 17 de julio de 2013, se ha acordado lo siguiente:

1.- Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor transformando la fase de convenio a liquidación.

2.- Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.

3.- Se ha declarado disuelta la Sociedad Arte Piedra Natural, S.L., con CIF n°B-50881440, cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la Administración Concursal que se repone en su cargo D. Jesús Ferruz Gil, con domicilio en C/ Teniente Coronel Valenzuela, 5, 5.º izqda., Zaragoza, teléfono: 976211049 y con dirección de correon electrónico jesusferruz@iberauditores.es

4.- Anúnciese por edictos la apertura de la fase deliquidación, que se fijarán en el tablón de anuncios del Juzgado y se publicarán en el Boletín Oficial del Estado de forma gratuita.

Inscríbase, asimismo, en los Registros correspondientes la apertura de la fase de liquidación, librándose los oportunos mandamientos al Registro Mercantil. Se requiere a la concursada para que en el plazo de cinco días presente inventario de bienes, a fin de librar los mandamientos a los distintos registros.

5.- La Administración Concursal deberá presentar en el plazo de un mes la actualización del inventario y la lista de acreedores.

6.- Los acreedores deberán comunicar a la administraciónconcursal sus créditos en el plazo de un mes, a contar desde la última publicación acordada en esta resolución.

7.- Una vez actualizado el inventario y lista de acreedores la Administración Concursal. presentará el plan de liquidación para su aprobación y se procederá a la reapertura de la sección sexta para la calificación del concurso.

Zaragoza, 22 de julio de 2013.- La Secretaria Judicial.

15-06-2011
48472
 
  • Rectificatie
  • Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
  • Presentación de la propuesta de convenio
 

El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Zaragoza, anuncia:

Primero.- Que en el procedimiento concursal número Concurso Abreviado 61/2009 se ha dictado con fecha 28 de abril de 2011 auto aclarando y rectificando la sentencia de fecha 12 de mayo de 2010 por la que se aprobaba la propuesta de convenio propuesto por Arte en Piedra Natural, Sociedad Limitada, y aceptado en la Junta de Acreedores celebrada el día 28 de abril de 2010. El auto dictado es del siguiente tenor literal:

Auto

En Zaragoza, a veintiocho de abril de dos mil once.

Hechos

Único.- Por este juzgado se dictó sentencia en fecha doce de mayo de dos mil diez, en cuyo fallo se decía: "Que debía acordar y acordaba aprobar la propuesta de convenio presentada por la concursada "Arte en Piedra Natural, Sociedad Limitada" cuyo contenido se da por reproducido, cesando todos los efectos de la declaración de concurso, sin perjuicio de los deberes generales que para el deudor establece el artículo 42. Se da por terminada la fase común del concurso.

Cesen en su cargo la administración concursal, sin perjuicio de lo previsto en el capítulo II del título VI; requiérasele para que rinda cuentas de su actuación dentro del plazo de veinte días contados a partir de la notificación de esta resolución. Hágasele saber, asimismo, que deberá emitir informe en el plazo de cinco días sobre la retribución que ha de percibir, cuantificando su importe que deberá ajustarse a los valores definitivos de la Lista de Acreedores e Inventario de Bienes.

Notifíquese esta resolución a la concursada, a la administración concursal y a todas las partes personadas en el procedimiento. Publíquese mediante anuncios que se fijarán en los estrados de este Juzgado y en el BOE. Contra esta sentencia cabe interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días ante este Juzgado y para la Ilustrísima Audiencia Provincial de Zaragoza.

Así por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo."

Fundamentos de derecho

Único.- El artículo 267 de la Ley Orgánica del Poder Judicial permite aclarar en las resoluciones conceptos oscuros y rectificar cualquier error material de que adolezcan, y que estas aclaraciones puedan hacerse de oficio dentro de los dos días hábiles siguientes al de la publicación de la resolución o a petición de parte o del Ministerio Fiscal formulada dentro del mismo plazo, siendo en este caso resuelta por el tribunal dentro de los tres días siguientes al de la presentación del escrito en que se solicite la aclaración. Asimismo, los errores materiales manifiestos y los aritméticos en que incurran las resoluciones judiciales podrán ser rectificados en cualquier momento.

En base a este precepto, de oficio, procede aclarar y completar la sentencia referida en el sentido de añadir en el fallo de la misma, dado el tenor del artículo 163 de la Ley Concursal, que: "Firme la presente resolución, inscríbase en los Registros correspondientes, librándose los oportunos mandamientos al Registro Mercantil, Registro de Bienes Muebles, haciendo entrega de los despachos acordados al Procurador instante del concurso para que cuide de su diligenciado.

Atendiendo al contenido del convenio, fórmese pieza sexta de calificación, con testimonio de esta resolución, del auto de declaración del concurso y de la solicitud del concurso con los documentos acompañados. Se concede un plazo de diez días a los acreedores y a cualquier interesado, a contar desde la última de las publicaciones, para que se personen en la sección alegando cuanto estimen relevante para la calificación del concurso. Asimismo, dentro de los quince días siguientes al de la expiración de los plazos para personación de los interesados la administración concursal presentará al juez un informe razonado y documentado sobre los hechos relevantes para la calificación del concurso con propuesta de resolución"

Parte dispositiva

Se aclara y rectifica la sentencia de fecha doce de mayo de dos mil diez en el sentido expuesto en el fundamento de derecho único de la presente resolución.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso alguno.

Así lo acuerda, manda y firma María del Carmen Villellas Sancho, Magistrada-Juez del Juzgado de lo Mercantil número dos de Zaragoza. Doy fe." -siguen las firmas-.

Zaragoza, 28 de abril de 2011.- El/La Secretario Judicial.

01-06-2010
41774
 
  • Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
  • Aprobación del convenio
  • Presentación de la propuesta de convenio
 

El Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Zaragoza, anuncia:

1.- Que en el procedimiento concursal número Concurso Abreviado 61/2009 se ha dictado el 12 de mayo de 2010 sentencia aprobando judicialmente el convenio propuesto por Arte en Piedra Natural, Sociedad Limitada, con CIF: B-50881440 y domicilio en Fuentes de Ebro (Zaragoza), Polígono Industrial La Corrona, fase III, naves 2-4, y aceptado en la Junta de Acreedores celebrada el día 28 de abril de 2010, cuyo encabezamiento y fallo son del siguiente tenor literal:

Sentencia

En Zaragoza, a doce de mayo de dos mil diez.

Vistos por doña María del Carmen Villellas Sancho, Magistrada-Juez del Juzgado de lo Mercantil número dos de Zaragoza los presentes autos de concurso voluntario de la entidad Arte en Piedra Natural, Sociedad Limitada, representada por el Procurador de los Tribunales Sr. Bozal Cortés y en el que se designó administrador concursal a don Jesús Ferruz Gil, que fueron registrados con el número 61/2009,

Fallo

Que debía acordar y acordaba aprobar la propuesta de convenio presentada por la concursada Arte en Piedra Natural, Sociedad Limitada cuyo contenido se da por reproducido, cesando todos los efectos de la declaración del concurso, sin perjuicio de los deberes generales que para el deudor establece el artículo 42. Se da por terminada la fase común del concurso.

Cesen en su cargo la administración concursal, sin perjuicio de lo previsto en el capítulo II del título VI; requiérasele para que rinda cuentas de su actuación dentro del plazo de veinte días contados a partir de la notificación de esta resolución. Hágasele saber, asimismo, que deberá emitir informe en el plazo de cinco días, sobre la retribución que ha de percibir, cuantificando su importe, que deberá ajustarse a los valores definitivos de la Lista de Acreedores e Inventario de Bienes.

Notifíquese esta resolución a la concursada, a la administración concursal y a todas las partes personadas en el procedimiento. Publíquese mediante anuncios que se fijarán en los estrados de este Juzgado y en el BOE.

Contra esta sentencia cabe interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días ante este Juzgado y para la Ilustrísima Audiencia Provincial de Zaragoza.

Así por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo.

-sigue las firmas-

2.- La sentencia se fundamenta en que la propuesta ha sido aceptada por mayoría suficiente de acreedores ordinarios conforme a la Ley Concursal y en no apreciarse infracción de las normas que regulan los convenios y la adhesión en la Ley Concursal.

El convenio está de manifiesto en la Secretaría del Juzgado para quienes acrediten interés en su conocimiento.

Zaragoza, 18 de mayo de 2010.- El/La Secretario Judicial.

10-02-2010
7504
 
  • Convocatoria de Junta de Acreedores
 

El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Zaragoza, anuncia:

1.- Que en el procedimiento concursal número 61/2009 E referente al concursado Arte en Piedra Natural, S.L. se ha convocado Junta de Acreedores que se celebrará el día 28 de abril de 2010, a las 11:30 horas, en la Sala de Vistas de la calle Convertidos (junto a los Juzgados de la Plaza del Pilar).

2.- Hasta cuarenta días antes del señalado para la celebración de la Junta, el deudor y los acreedores cuyos créditos superen conjunta o individualmente una quinta parte del total pasivo resultante de la lista definitiva podrán presentar propuesta de convenio.

Los acreedores podrán adherirse a las propuestas de convenio en los términos del artículo 115.3 de la LC.

3.- Tienen derecho de asistencia a la Junta los acreedores que figuren incluidos en la lista definitiva de acreedores pudiendo hacerse representar por medio de apoderados en la forma prevista en el artículo 118 de la LC.

Zaragoza, 1 de febrero de 2010.- La Secretario Judicial.

03-08-2009
59225
 
  • Presentación del Informe de la administración concursal
  • Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
 

El Juzgado de lo Mercantil número dos de Zaragoza, anuncia:

1.- Que en el procedimiento concursal número 61/2009-E referente al deudor Arte en Piedra Natural, Sociedad Limitada, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.

Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa.

2.- Las partes personadas podrán impugnar el inventario y la lista de acreedores dentro del plazo de diez días a contar desde la notificación de la presentación al Juez del informe de la administración concursal y de la documentación complementaria, a cuyo fin podrán obtener copia a su costa en la Secretaría del Juzgado. Para los demás interesados el plazo de diez días computará desde la última publicación de las previstas en el artículo 95 de la Ley Concursal y deberán personarse en este Juzgado por medio de Abogado y Procurador.

Zaragoza, 22 de julio de 2009.- La Secretario Judicial.

12-06-2009
45579
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Zaragoza, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 

1º.- Que en el procedimiento número 61/2009, por auto de fecha 15 de Mayo de 2009 se ha declarado en concurso voluntario abreviado al deudor Arte en Piedra Natural, Sociedad Limitada, con CIF B50881440 y con domicilio en Fuentes de Ebro (Zaragoza), Polígono Industrial "La Corona", Fase III, naves 2-4, estando el centro de sus principales intereses en el mismo lugar.

2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.

3º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.

El plazo para esta comunicación es quince días a contar a partir del día siguiente a la publicación de la declaración del concurso en el Boletín Oficial del Estado.

4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

Zaragoza, 15 de mayo de 2009.- La Secretario Judicial.

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