EDICTO
Doña María Jesús Palmero Sandín, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 6 de Madrid, anuncia:
1º.- Que en el procedimiento Concurso Ordinario Nº 787/2008 de la mercantil NIUCON, S.A., CIF A78304011, por Auto de fecha 14 de octubre de 2020 se ha decretado la conclusión y archivo del concurso.
2º.- Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación en su caso.
3º.- Tratándose en este caso de una persona jurídica, procede conforme a lo ordenado en el artículo 178.3, declarar su extinción.
Madrid, 15 de octubre de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, María Jesus Palmero Sandín.
El Juzgado de lo Mercantil número 6 de Madrid, en el procedimiento concursal número 787/08 de la mercantil Niucon, S.A., con CIF A-78304011, anuncia:
Primero.- Se aprueba el plan de liquidación presentado por la administración concursal al cual deberán de atenerse las operaciones de liquidación.
Contando el plazo previsto en el art. 152 LC, desde la notificación de la presente resolución.
Segundo.- Anúnciese por edictos la aprobación del plan de liquidación, que se fijarán en el tablón de anuncios de este tribunal y se publicarán en el Boletín Oficial del Estado y, en su caso, en el Registro Público Concursal.
Tercero.- Inscríbase, asimismo, en los Registros correspondientes la aprobación del plan de liquidación, librándose los oportunos mandamientos al Registro Mercantil de Madrid.
Los respectivos oficios se entregarán a la procurador instante del concurso don Gabriel de Diego Quevedo significándole que deberá remitirlos a los medios, de publicidad correspondientes, y una vez publicados aportar ejemplar para su unión al presente procedimiento.
Hágase saber a dicho procurador que deberá justificar ante este juzgado en el plazo de cinco días que ha procedido a la tramitación de dichos anuncios, bajo apercibimiento de incurrir en responsabilidad si así no lo hiciera.
Y para que sirva de publicidad en forma expido el presente
En Madrid, 11 de marzo de 2013.- Secretaria Judicial.
María Jesús Palmero Sandín, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil nº 6 de Madrid, anuncia:
Que en el procedimiento concursal voluntario número 787/2008 referente al concursado Niucon, S.A., CIF A78304011, por auto de fecha cinco de septiembre de dos mil once se ha acordado lo siguiente:
Primero.- Declarar finalizada la fase común del presente procedimiento concursaldel deudor referenciado.
Segundo.- Abrir la fase de liquidación, formándose la sección quinta que se encabezará con testimonio de esta resolución.
Tercero.- Durante la fase de liquidación quedarán en suspenso las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la L.C.
Cuarto.- Se declara disuelta la citada mercantil, cesano en su función sus administradores, que serán sustituídos por la administración concursal.
Quinto.- Anúnciese por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se fijarán en el tablón de anuncios de este tribunal y se publicarán en el Boletín Oficial del Estado con carácter gratuito.
Sexto.- Conforme al artículo 168.1 Ley Concursal cualquier interesado podrá personarse en la sección sexta en el plazo de diez días desde la última de las publicaciones acordadas y ser parte en la misma alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.
Madrid, 5 de septiembre de 2011.- La Secretario Judicial.
Doña María del Carmen Oria Fernández, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil Número 6 de Madrid, anuncia:
Primero.- Que en el procedimiento concursal número 787/08 referente al deudor Niucon, Sociedad Anónima, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.
Segundo.- Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa.
Tercero.- Dentro del plazo de 10 días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Boletín Oficial del Estado, así como en un diario de tirada nacional, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil.
Cuarto.- Las impugnaciones se tendrán que realizar por medio de abogado y Procurador de los tribunales.
Quinto.- Según Real Decreto de fecha 1 de abril de 2009, la publicación del Edicto en este Diario Oficial (Boletín Oficial del Estado), será gratuita.
Madrid, 13 de abril de 2009.- La Secretaria Judicial.
CONVERSION EN INSCRIPCION DE LA ANOTACION PREVENTIVA LETRA "A" POR FIRMEZA DEL AUTO.