Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores Capriartesan S.C.L.

El 30-10-2012, Capriartesan S.C.L., en LA ALDEA DE SAN NICOLAS (Palmas (Las)) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de LAS PALMAS DE GRAN CANARIA. El número de insolvencia de esta empresa es F35694017. La actividad (principal) de Capriartesan S.C.L. es comercio al por mayor e intermediarios del comercio, excepto de vehículos de motor y motocicletas.
Se ha presentado la propuesta de convenio.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Capriartesan S.C.L.
Localidad:
LA ALDEA DE SAN NICOLAS
Provincia:
Palmas (Las)
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
F35694017
Número de insolvencia:
F35694017
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
LG :
FUREL, BAJO 0
35470 LA ALDEA DE SAN NICOLAS
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
03-03-2014
A140008540
 
  • Finalización de la fase común
  • Presentación de la propuesta de convenio
 

Don Eduardo José Rebollo Sanz, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2, de Las Palmas de Gran Canaria,

Por el presente, se hace saber: Que en el procedimiento concursal número 50/2012, seguido en virtud de la declaración de concurso de la entidad Capriartesan, Sociedad Cooperativa Limitada, con CIF n.º F-35694017, se ha dictado, en el día de hoy, Auto declarando finalizada la fase común del concurso, abriendo la fase de convenio y señalándose para Junta de Acreedores el próximo 30 de julio de 2014 a las 12:00 horas, en la sala de vistas de este Juzgado.

Hasta cuarenta días antes del señalado para la celebración de la Junta el deudor o los acreedores cuyos créditos superen, conjunta o individualmente, una quinta parte del total del pasivo resultante de la lista definitiva, podrán presentar propuestas de convenio.

Los acreedores que lo deseen pueden adherirse a la propuesta de convenio presentada en los términos previstos en el art. 115.3 de la Ley Concursal.

Tienen derecho de asistencia a la Junta los acreedores que figuren incluidos en la lista definitiva de acreedores, pudiendo hacerse representar por medio de apoderados en la forma prevista en el art. 118 de la Ley Concursal.

Las Palmas de Gran Canaria, 20 de febrero de 2014.- Secretario Judicial.

16-07-2013
A130041017
 
  • Presentación del Informe de la administración concursal
  • Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
 

Doña Teresa de Jesús Hernández Rivero, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º dos de los de Las Palmas, con sede en Las Palmas de Gran Canaria,

Por el presente se hace saber: Que en el procedimiento concursal número 50/2012 de la entidad "Capriartesan, Sociedad Cooperativa Limitada", con domicilio social y sede de sus principales intereses en San Nicolás de Tolentino, calle Subida Lomo del Pino, n.º 25, CP 35.470 Las Palmas, y con CIF n.º F-35694017, se ha presentado el informe de la Administración Concursal al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.

Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa.

Dentro del plazo de diez días, a contar desde la notificación a quienes se hayan personado en autos y para el resto de los interesados se computará desde la última publicación de las previstas en el tablón de anuncios del Juzgado y en el Registro Público Concursal previsto en el art. 198 de la Ley Concursal y en tanto se produce la reglamentación de dicho órgano, se publicará en el Boletín Oficial del Estado, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil.

Para realizar dichas impugnaciones se necesita valerse de Abogado y Procurador.

Las Palmas de Gran Canaria, 4 de julio de 2013.- Secretaria Judicial.

02-03-2013
A130009081
 
  • Auto de declaración de concurso
  • Cese de los Administradores
 

Doña Teresa de Jesús Hernández Rivero, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º dos de los de Las Palmas, con sede en Las Palmas de Gran Canaria,

Por el presente se hace saber: Que en el procedimiento concursal número 50/2012, se ha dictado Auto el día 30/10/12 en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso de la entidad "Capriartesan, Sociedad Cooperativa Limitada", con domicilio social y sede de sus principales intereses en San Nicolás de Tolentino, calle Subida Lomo del Pino, n.º 25, CP 35470 Las Palmas, y con CIF n.º F-35694017, que se tramitará por el procedimiento abreviado.

A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario.

Se designa según Auto de fecha 15/02/13 en el que se acuerda nuevo nombramiento como Administrador del concurso a don Francisco Gabriel Armas Nieto Telde, c/ Paseo Maestra María del Rosario Hernández Santana, n.º 11, 2.º-B, CP 35200 Telde, telf.: 928.68.59.77, 970.87.58.12 y Fax: 928.68.59.77, dirección electrónica franciscodearmas@gmail.com.

En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda la intervención.

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, en el domicilio designado por la Administración Concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada Ley.

Para el caso de que algún crédito fuera presentado directamente en el Juzgado se tendrá por no comunicado, al no ser válida dicha comunicación.

Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC.).

Las Palmas de Gran Canaria, 19 de febrero de 2013.- Secretaria Judicial.

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