ÓRGANO JUDICIAL
Juzgado de lo Mercantil Nº 15 de Madrid
Dirección: Calle GRAN VÍA 52
Localidad: Madrid
Código Postal: 28013
Provincia: Madrid
Teléfono: 917201029
Correo electrónico: mercantil15@madrid.org
PROCEDIMIENTO
Civil
Número: 592/2021
NIG: 2807900220210207768
RESOLUCIÓN PROCESAL
Auto
Fecha: 19/07/2021
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
DESTINATARIOS
Acreedores de la mercantil Familia Mayoral Martínez, S.L.U.
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
INFORMACIÓN ADICIONAL
EDICTO
Dª Mª Eugenia López-Jacoiste Rico, Letrada de la Administración de Justicia de Juzgado de lo Mercantil nº 15 de Madrid,
ANUNCIA
1.- Que en el Concurso Voluntario 592/2021, con Número de Identificación General del Procedimiento 28.079.00.2-2021/0207768, por Auto de fecha 19/07/2021 se ha declarado en concurso voluntario, que se tramitará por el procedimiento abreviado, a FAMILIA MAYORAL MARTINEZ, S.L.U., con CIF.- B-82371139, y domicilio en la Calle Castello 115, Planta 7, apart. 716, Madrid.
2.- Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 257 del TRLC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.
3.- Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas a la intervención de la Administración concursal.
4.- La identidad de la Administración concursal es EQUITY ABOGADOS y ECONOMISTAS, S.L.P., con domicilio postal en calle Velázquez 31, 5º Izda, Madrid 28001, y dirección electrónica creditos@verdesabogados.com, ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 256 TRLC, en cualquiera de las dos direcciones.
5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado.
6.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es
Madrid, 23 de julio de 2021.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA EUGENIA LOPEZ-JACOISTE RICO