Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores Esearchvision Spain Sl.

El 07-09-2021, Esearchvision Spain Sl., en MADRID (Madrid) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de MADRID. El número de insolvencia de esta empresa es B86593019. La actividad (principal) de Esearchvision Spain Sl. es publicidad y estudios de mercado.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Esearchvision Spain Sl.
Localidad:
MADRID
Provincia:
Madrid
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B86593019
Número de insolvencia:
B86593019
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Consultoría, investigación y prestación de servicios técnicos
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
AGUSTIN DE FOXA, 25 - PISO 2 A 0
28036 MADRID
Mostrar en tarjeta
-
CL :
RIOS ROSAS, 36 - PISO 2 DR 0
28003 MADRID
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
16-09-2021
BOE-J-2021-100963
 
  • Auto de declaración de concurso
 
ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 16 de Madrid

Dirección: Calle GRAN VÍA 52

Localidad: Madrid

Código Postal: 28013

Provincia: Madrid

Teléfono: 917200890

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 639/2021

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 07/09/2021

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Concurso de la sociedad Esearchvision Spain, SLU

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial o a la sede judicial electrónica (https://sedejudicial.madrid.org/).

INFORMACIÓN ADICIONAL

1º Que en el procedimiento Concurso ordinario 639/2021 por auto de fecha 7/9/2021 se ha acordado la declaración del concurso de la mercantil ESEARCHVISION SPAIN,S.L.U. con CIF B-86593019.

2º Se ha decretado la conclusión y archivo del presente procedimiento por insuficiencia de la masa activa para la satisfacción de los créditos contra la masa de conformidad con el artículo 470 TRLC.

3º Tratándose en este caso de una persona jurídica, procede conforme a lo ordenado en el artículo 485 TRLC, declarar su extinción.

Madrid, 16 de septiembre de 2021.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MIGUEL ANGEL IZQUIERDO LUENGO

Informes
No se han encontrado (todavía) ningún informe de juicio disponible.
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