Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores Familia Alvariño Sl.

El 28-04-2021, Familia Alvariño Sl., en PONTEVEDRA (Pontevedra) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de PONTEVEDRA. El número de insolvencia de esta empresa es B94061611. La actividad (principal) de Familia Alvariño Sl. es servicios de comidas y bebidas.
Los Administradores han sido destituidos de su cargo y sustituidos por el síndico.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Familia Alvariño Sl.
Localidad:
PONTEVEDRA
Provincia:
Pontevedra
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B94061611
Número de insolvencia:
B94061611
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Servicios de alojamientos, comidas y bebidas
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
PZ :
DA ESTRELA, 1 - BJ 0
36002 PONTEVEDRA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
21-05-2021
A210032936
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
  • Cese de los Administradores
 

D. Alberto López Luengo, Letrado de la Administración de Justicia de Xdo. Do Mercantil N. 2 de Pontevedra, por el presente,

Hago saber:

1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nº Sección I Declaración Concurso 72/2021 y NIG nº 36038 47 1 2021 0000137 se ha dictado en fecha 28 de abril de 2021 Auto de declaración de concurso voluntario del deudor FAMILIA ALVARIÑO, S.L., con CIF nº B94061611, inscrita en el Registro Mercantil de Pontevedra, Tomo y Libro 3788, Folio 175, Hoja PO-53005, inscripción 1ª, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Praza da Estrela nº 1 bajo, de Pontevedra.

2º.- Se ha acordado la suspensión de las facultades de Administración y disposición que ejercerá la Administración concursal. Se ha designado, como Administración concursal a la Letrada MILAGROS FERNANDEZ CASTRO, con D.N.I. número 76990183Y, con domicilio profesional en Centro de Negocios Porto do Molle, Oficina 210, 36350-NIGRAN, teléfono: 986132631, email: milafdez@icavigo.es para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.

3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 255 y ss. del TRLC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de UN MES a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

4º.- Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en el Registro Público Concursal.

Pontevedra, 11 de mayo de 2021.- El Letrado de la Administración de Justicia, Alberto López Luengo.

Informes
No se han encontrado (todavía) ningún informe de juicio disponible.
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