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Concurso de acreedores Energias Alternativas El Draguillo Sl

El 28-07-2017, Energias Alternativas El Draguillo Sl, en INGENIO (Palmas (Las)) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de LAS PALMAS DE GRAN CANARIA. El número de insolvencia de esta empresa es B35971159. La actividad (principal) de Energias Alternativas El Draguillo Sl es agricultura, ganadería, caza y servicios relacionados con las mismas.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Energias Alternativas El Draguillo Sl
Localidad:
INGENIO
Provincia:
Palmas (Las)
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B35971159
Número de insolvencia:
B35971159
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Agricultura, silvicultura y pesca
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
POETA VICENTE ALEIXANDRE, 5 - PLT 1 B 0
35250 INGENIO
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
16-11-2017
A170081976
 
  • Auto de declaración de concurso
 

Edicto

Cédula de notificación

En el procedimiento concurso de acreedores de la entidad Ganadería El Draguillo, con C.I.F. nº B-35.742.444, con domicilio social en San Bartolomé de Tirajana, calle Varadero, nº 56 y código postal 35109, siendo la sede de su actividad en Cuartería Los Indijinos- Montaña La Arena, inscrita en el Registro Mercanti de Las Palmas de Gran Canaria, al tomo 1640, libro 0, folio 214, Sección 8, hoja GC.-29835, inscripción 1ª, se ha dictado Auto el día 28/07/17 en cuya parte dispositiva, entre otros extremos, se acuerda:

1.-Declarar la conclusión del concurso de la concursada GANADERÍA EL DRAGUILLO S.L.

2.-Archivar las actuaciones.

3.-Declarar la cancelación de todas las anotaciones o inscripciones efectuadas en virtud de la declaración del concurso.

4.-Declarar el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, salvo las que, en su caso, se contengan en la sentencia firme de calificación.

5.-El cese de la administración concursal designada, debiendo comparecer a tal efecto en este juzgado en el plazo de cinco días, para devolver la credencial que le habilita como tal.

6.-El deudor quedará responsable del pago de los créditos restantes, de modo que los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del1 concurso o no se declare nuevo concurso. Para tales ejecuciones, la inclusión de su crédito en la lista definitiva de acreedores se equipara a una sentencia de condena firme

7.-La extinción de la entidad la concursada GANADERÍA EL DRAGUILLO S.L., debiendo cancelarse su inscripción en los registros públicos que corresponda, sin perjuicio del mantenimiento de su personalidad jurídica a los efectos del punto anterior así como para reclamar el activo sobrevenido que pudiera aparecer.

8.-Dar la publicidad por medio de edictos en el tablón de anuncios del juzgado.

9.-Dar la publicidad registral necesaria para cuyo efecto remítanse los respectivos mandamientos a los registros correspondientes para la anotación de la presente resolución.

10.-Aprobar la rendición de cuentas presentada por la Administración concursal.

Las Palmas de Gran Canaria, 13 de noviembre de 2017.- El Letrado de la Administración de Justicia.

Informes
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