Doña Cristina Cifo González, Secretario del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Alicante dictó, de conformidad con el artículo 21 y 23 de la Ley Concursal, el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este Juzgado:
Juzgado: Juzgado de lo Mercantil Número 1 de Alicante, calle Pardo Gimeno, 43.
Número de asunto: 611/2011.
Tipo de concurso: Voluntario Abreviado.
Entidad instante del concurso: Transportes y Excavaciones Siscar, S.L.
Concursado: Transportes y Excavaciones Siscar, S.L., con C.I.F. B-53725016, y con domicilio en Polop de La Marina (Alicante), Partida Plà de Terol, n.º 44.
Representación: Doña Elena Guardiola Devesa y Asistencia Técnica: Don Ignacio Congost Cano y Óscar Escamilla Ortiz.
Fecha de presentación de la solicitud: doce de septiembre de 2011.
Fecha del Auto de Declaración: nueve de noviembre 2011.
Administrador concursal: Don Víctor Salvador Estela Ballester en su condición de profesional del área económica con los siguientes datos profesionales: domicilio en 03759 Benidoleig (Alicante), calle Doctor Fleming, n.º 2, tlno.: 966404063, fax 966404800 y correo electrónico: assesoriaestela@estelas.org
Facultades del concurso: El deudor conserva las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio.
Constancia del patrimonio inmobiliario: No consta.
Llamamiento a los acreedores: Disponen de un plazo de 15 días desde la publicación de los edictos para comunicar los créditos a la administración concursal la existencia de su crédito a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y ulterior reconocimiento y clasificación conforme establece el artículo 85 de la Ley Concursal.
Forma de personación: Por medio de abogado y procurador ante este Juzgado. La comunicación a los acreedores no personados se hará a la administración concursal. Los autos, informes y documentación trascendental del concurso quedan en la Secretaria del Juzgado para su examen por los interesados, en horas de audiencia.
Alicante, 17 de noviembre de 2011.- El Secretario Judicial.