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Concurso de acreedores Tecnoespacio Mobiliario Sl

El 25-09-2020, Tecnoespacio Mobiliario Sl, en COLMENAR VIEJO (Madrid) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de MADRID. El número de insolvencia de esta empresa es B82671967. La actividad (principal) de Tecnoespacio Mobiliario Sl es fabricación de muebles.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Tecnoespacio Mobiliario Sl
Localidad:
COLMENAR VIEJO
Provincia:
Madrid
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B82671967
Número de insolvencia:
B82671967
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Industria
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
MENOR (POL INDUSTRIAL LA MINA) 63
28770 COLMENAR VIEJO
Mostrar en tarjeta
-
CL :
EMILIO FERRARI 53
28017 MADRID
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
08-10-2020
A200045735
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

Juzgado de lo Mercantil n.º 13 de MAdrid

Edicto

Hace saber:

1.- Que en el concurso Concurso Abreviado 868/2020, con Número de Identificación General del procedimiento 28.079.00.2-2020/0072322, por auto de fecha 25/09/20, se ha declarado en concurso voluntario| abreviado, a Tecnoespacio Mobiliario, S.L. con CIF B-82671967, y domiciliado en calle Menor n.º 63 (Poligono Industrial «La Mina») 28770 Colmenar Viejo (Madrid)

2.- Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 255-256 del TRLC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el «Boletín Oficial del Estado».

3.- Que el deudor conserva las facultades de Administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas a la intervención de la Administración Concursal

4.- La identidad de la Administración concursal es PBC Perellobioscacabrera SLP, con domicilio postal en calle Mendez Alvaro n.º20, 28045 Madrid, telefono 919053124, y dirección electrónica administracioncncursal@perellobioscacabrera.com, ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 255 y ss TRLC, en cualquiera de las dos direcciones.

5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado.

6.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es

Madrid, 5 de octubre de 2020.- La Letrado de la Administración de Justicia, Isabel Carro Rodríguez.

Informes
No se han encontrado (todavía) ningún informe de juicio disponible.
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