EDICTO
D.ª María de las Nieves García Pérez, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Santander,
Hago saber: Que en el procedimiento de referencia se ha acordado por Auto de fecha 7 de marzo de 2016, lo siguiente:
1. Se declara concluso el presente concurso 30/2010 de ZAR SANTANDER, S.L., CIF B39497920 por inexistencia de bienes y derechos del concursado, procediéndose al archivo de las actuaciones.
2. Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistente.
3. Se aprueba la rendición de cuentas formulada por la Administración Concursal.
4. Se acuerda el cese de la administración concursal.
5. Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso.
6. Se acuerda la extinción de la persona jurídica de ZAR SANTANDER, S.L., CIF B39497920 y el cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda a cuyo efecto se expedirá mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Santander conteniendo testimonio de la resolución firme.
Anúnciese la conclusión del concurso por medio de edictos que se publicarán en el tablón de anuncios del Juzgado, gratuitamente en el BOE y Registro Público Concursal.
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Santander, 7 de marzo de 2016.- Secretaria Judicial.
María de las Nieves García Pérez, Secretaria judicial del Juzgado Mercantil Número Uno de Santander,
Hago saber: Que el procedimiento concursal concurso voluntario número 30/2010, referente al concursado "Zar Santander, Sociedad Limitada", por auto de fecha 28 de septiembre de 2011 ha acordado lo siguiente:
1.- Dejar sin efecto la fase de convenio acordada por auto de 20 de junio de 2011, por no haber ninguna propuesta.
2.- Dejar sin efecto, consecuentemente, el señalamiento de la Junta de acreedores para el día 18 de octubre de 2011.
3.- Abrir, de oficio, la fase de liquidación, conforme a lo ordenado en los artículos 114.3 y 143.1 de la LC.
4.- De conformidad con el artículo 145.3 de la L.C. se declara la disolución de "Zar Santander, Sociedad Limitada", así como el cese de los administradores de la sociedad concursada que serán sustituidos por la Administración concursal.
5.- Fórmese la Sección sexta de calificación del concurso, que se encabezará con testimonio de esta resolución, del auto de declaración del concurso y de la documentación presentada por el deudor. Hágase saber a los acreedores o a cualesquiera titulares de un interés legítimo que, dentro de los diez días siguientes a la última publicación de esta resolución, de conformidad con lo establecido anteriormente podrá personarse alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.
Santander, 28 de septiembre de 2011.- La Secretaria.
María de las Nieves García Pérez, Secretaria judicial del Juzgado Mercantil número 1 de Santander, anuncia:
1. Que en el procedimiento concursal número 30/2010, referente al concursado "Zar Santander, Sociedad Limitada", se ha convocado Junta de Acreedores que se celebrará el día 18 de octubre de 2011, a las doce horas, en la sala de vistas número seis de este Juzgado.
2. Hasta cuarenta días antes del señalado para la celebración de la Junta, el deudor y los acreedores cuyos créditos superen conjunta o individualmente una quinta parte del total pasivo resultante de la lista definitiva podrán presentar propuesta de convenio.
Los acreedores podrán adherirse a las propuestas de convenio en los términos del artículos 115.3 de la LC.
3. Tienen derecho de asistencia a la Junta los acreedores que figuren incluidos en la lista definitiva de acreedores, pudiendo hacerse representar por medio de apoderados en la forma prevista en el artículo 118 de la LC.
Santander, 22 de junio de 2011.- La Secretaria judicial.
Doña María Nieves García Pérez, Secretaria del Juzgado de Primera Instancia número diez y de lo Mercantil de Santander, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia:
1º.- Que en el procedimiento número 30/2010, por auto de fecha 16.02.2010 se ha declarado en concurso al deudor "Zar Santander, Sociedad Limitada", con CIF número B-39497920 y con domicilio en Barrio Mermón, 12 A, Queveda (Santillana del Mar) Cantabria.
2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la Administración Concursal.
3º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.
El plazo para esta comunicación es el de quince días a contar desde la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado y en el tablón de anuncios del Juzgado.
4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184,3 LC).
Santander, 16 de febrero de 2010.- La Secretaria Judicial.