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Concurso de acreedores Fuentes Envases Plasticos Sl

El 27-07-2020, Fuentes Envases Plasticos Sl, en ARGANDA (Madrid) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de MADRID. El número de insolvencia de esta empresa es B83372862. La actividad (principal) de Fuentes Envases Plasticos Sl es fabricación de productos de caucho y plásticos.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Fuentes Envases Plasticos Sl
Localidad:
ARGANDA
Provincia:
Madrid
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B83372862
Número de insolvencia:
B83372862
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Industria
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
PRIMAVERA 23
28500 ARGANDA
Mostrar en tarjeta
-
CL :
MAESTRO MIGUEL CHICOTE, 2 - PLANTA 3D 0
28500 ARGANDA DEL REY
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
05-08-2020
A200033820
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

Edicto.

Doña María Luisa Pariente Vellisca, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 11 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal, anuncia:

1.- Que en el concurso voluntario 2247/2019, por Auto de fecha 27 de julio de 2020, se ha declarado en concurso voluntario, que se tramitará por el procedimiento abreviado, a FUENTES ENVASES PLÁSTICOS, S.L., con CIF: B-83372862, y domiciliado en c/ Loeches, n.º 102, 28500 Arganda del Rey (Madrid).

2.- Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 85 de la LC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

3.- Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas a la intervención de la Administración concursal.

4.- La identidad de la Administración concursal es doña Laura Pedreño Vargas, con domicilio a efectos de notificación en c/ Velázquez, n.º 53, 2.º izquierda, 28001 Madrid, y dirección electrónica laura@pedreno.es, ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la LC, en cualquiera de las dos direcciones.

5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado.

6.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es.

Madrid, 31 de julio de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia, María Luisa Pariente Vellisca.

Informes
No se han encontrado (todavía) ningún informe de juicio disponible.
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