Edicto
Doña Lucia Peces Gómez, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Badajoz, anuncia:
Que en el Sección I, Declaración Concurso 231/2012, seguido en este órgano judicial, a instancia de la Procuradora Sra. Natalia Emilia Gordillo Rodríguez, en nombre de MONASTERIO DE ROCAMADOR, S.A., S.L., con C.I.F. A-06163893, se ha dictado Auto n.º 152/2016, de fecha 30 de mayo de 2016, cuyo fallo es del contenido literal siguiente:
1.- Declarar la conclusión del concurso, por insuficiencia de la masa activa para satisfacer los créditos contra la masa.
2.- Archivar definitivamente las actuaciones, una vez firme la presente resolución. Librar testimonio de la presente, llevando el original al libro de resoluciones que corresponda.
3.- Dar curso a la extinción de la entidad y el cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda, a cuyo efecto se expídanse los correspondiente mandamientos, firme la resolución, adjuntándose a los mismos testimonio de la presente resolución.
4.- La presente resolución se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 de esta Ley y se dará a la misma la publicidad prevista en el artículo 24, librándose edictos que se fijarán en el tablón de anuncios y se publicará en el BOE cuya publicidad se acuerda gratuita.
5.- Declarar aprobadas las cuentas presentadas por la administración concursal integrada por SOCIEDAD LIMITADA PROFESIONAL LÓPEZ COLCHERO & CAMPS.
Badajoz, 3 de junio de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.