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Concurso de acreedores terminado Mas Valles Altos Sat

El 12-12-2019, Mas Valles Altos Sat, en TORRE CERDA (Valencia) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de VALENCIA. El número de insolvencia de esta empresa es V98679731. La actividad (principal) de Mas Valles Altos Sat es agricultura, ganadería, caza y servicios relacionados con las mismas.
El concurso ha concluido por insuficiencia de masa activa.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Mas Valles Altos Sat
Localidad:
TORRE CERDA
Provincia:
Valencia
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
V98679731
Número de insolvencia:
V98679731
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Agricultura, silvicultura y pesca
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
CRISTO 12
46659 TORRE CERDA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
17-12-2019
A190071270
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
  • Conclusión por insuficiencia de masa activa
 

Don José Víctor Sanz Gordón, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 3 de Valencia, por el presente,

Hago saber:

Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores voluntario abreviado num. 001180/2019 habiéndose dictado en fecha 12 de diciembre de 2019 por el Ilmo. señor Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil nº 3 de Valencia, Auto no firme de declaración y conclusión de concurso voluntario abreviado, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:

DISPONGO

Que debo acordar y acuerdo declarar en estado de concurso voluntario a la entidad MÁS VALLES ALTOS, S.A.T., cuyos datos son: CIF nº V98679731. Inscrita en el Registro de Sociedades Agrarias de Transformación de la Comunidad Valenciana al Tomo 6, Folio 173, Hoja 639-CV. Domicilio social en calle Cristo nº 12 de Torre Cerdá (Valencia), CP 46659, y la conclusión del concurso por insuficiencia de masa activa con la que atender el pago de los créditos contra la masa.

Acuerdo la disolución y la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad con la consiguiente cancelación de su hoja registral.

Publíquese esta resolución, por medio de edictos de inserción gratuita y con el contenido establecido en el artículo 23 de la LC, en el Boletín Oficial del Estado de forma gratuita, en los estrados de este Juzgado y en la web concursal. Comuníquese al Juzgado Decano de Valencia.

Expídase por el señor Letrado de la Administración de Justicia, mandamiento por duplicado al Registro de Sociedades Agrarias de Transformación de la Comunidad Valenciana en el que figure inscrita la sociedad, al que se adjuntará testimonio de esta resolución, para que proceda a la inscripción de la declaración del concurso y de la conclusión, procediendo a su inserción en el portal de Internet. Asimismo deberá proceder al cierre de la hoja de inscripción de la concursada en el Registro.

Hágase entrega al Procurador solicitante de los despachos acordados expedir para que cuide de su curso y gestión, concediéndosele un plazo de diez días para que acredite la publicación de los edictos y la presentación de los mandamientos.

Fórmese, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley, la Sección 1ª del concurso, que se encabezará con la solicitud del deudor.

Notifíquese esta resolución al deudor.

Contra este auto cabe interponer recurso de apelación en un plazo de veinte días ante este Juzgado y para la Ilustrísima Audiencia Provincial de Valencia, plazo que se computará a los terceros interesados a partir de su publicación en el BOE (art. 176 bis apart. 4 LC).

Así lo acuerda, manda y firma. Doy fe.

Valencia, 12 de octubre de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, José Víctor Sanz Gordón.

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