Edicto.
Doña Ana Isabel González Peinado, Letrada de la administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Murcia, hago saber:
Que en los autos de concurso de la mercantil Promociones Abelsur, S.L., CIF B- 73132946 seguidos ante este Juzgado con el número 244/19 se ha dictado auto de fecha 6/11/20, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:
1º Debo declarar y declaro finalizada la fase de liquidación y la conclusión y archivo del concurso de acreedores de Promociones Abelsur SL
2.- Archivar definitivamente las actuaciones.
3.- Librar testimonio de la presente, llevando el original al libro de resoluciones que corresponda.
4- Acordar su extinción como personalidad jurídica y la cancelación de su inscripción en los Registros Públicos, para lo que se expedirá Mandamiento a los efectos previstos en el art. 485 Texto refundido de la Ley Concursal.
5.- Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición.
6.- Se declara aprobada la rendición de cuentas del Administrador Concursal -artículo 479.2- y el cese de su actuación.
7.- Anotar en los Registros correspondientes la conclusión del concurso, librándose los oportunos mandamientos en concreto:
-Conforme establece el art. 557 Trlc al Registro Mercantil de Murcia.
8.- Notifíquese la presente a las mismas personas a las que se hubiera notificado el auto de declaración de concurso, publíquese en el Registro público concursal y, por medio de edicto, en el Boletín Oficial del Estado.
MODO DE IMPUGNACIÓN: no cabe recurso alguno.
Así lo acuerda y firma SSª. Doy fe.
Murcia, 17 de noviembre de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia, Ana Isabel González Peinado.