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Concurso de acreedores Persona física

El 15-04-2018, Persona física, en ESTEPONA (Málaga) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de MÁLAGA. El número de insolvencia de esta empresa es 44405219Q. La actividad (principal) de Persona física es actividades inmobiliarias.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Persona física
Localidad:
ESTEPONA
Provincia:
Málaga
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
44405219Q
Número de insolvencia:
44405219Q
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Alquiler y gestión de inmuebles
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
REAL, 75 - 3 0
29680 ESTEPONA
Mostrar en tarjeta
-
CL :
CARIDAD 119
29680 ESTEPONA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
16-05-2019
A190026525
 

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Málaga en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal,

Anuncia:

1.º Que en el procedimiento número 122/2018, (NIG 2906742120180007449) por auto de fecha 4 de mayo de 2018 se ha declarado en concurso necesario al deudor don Salvador Encinas Ruiz, con NIF 52589487-X, domicilio en Málaga y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Málaga.

2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.

3.º Que la administración concursal la integra:

Don David García Vega, provisto de DNI 44405219-Q; Español, mayor de edad, con vecindad civil común, estado civil divorciado, domicilio calle Jacinto Verdaguer núm 11, 29002, vecino de Málaga, Tfno.: 639440774, profesión: Auditor de Cuentas, y con dirección de correo electrónico que designa a los efectos de comunicación de créditos:

david.garcia@valuareconsultores.com.

4.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio, sin que quepa su presentación directa ante el Juzgado. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

El plazo para esta comunicación es el de un mes a computar de fecha a fecha y entendiendo como día final si fuera inhábil o no existiera día equivalente, el siguiente hábil al mismo a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el «Boletín Oficial del Estado».

5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Se hace saber a los interesados que de conformidad a los artículos 184 y 185 de la LC deberán personarse en la sección primera.

6.º Que se designa la página web https://www.publicidadconcursal.es/ a los efectos de publicidad registral en el Registro Público Concursal.

Málaga, 10 de mayo de 2019.- El Letrado de la Administración de Justicia, José María Casasola Díaz.

24-04-2019
A190021823
 
  • Auto de declaración de concurso
 

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Málaga en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal,

Anuncia:

1.º- Que en el procedimiento número 122/2018, (NIG 2906742120180007449) por Auto de fecha 15 de abril de 2018 se ha declarado en concurso necesario al deudor don Salvador Ruiz Encinas, con NIF 52589487-X, domicilio en Málaga y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Málaga.

2.º- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.

3.º- Que la administración concursal la integra:

Don David García Vega, provisto de DNI 44405219-Q; español, mayor de edad, con vecindad civil común, estado civil divorciado, domicilio calle Jacinto Verdaguer, núm 11, 29002, vecino de Málaga, tfno.: 639440774, profesión: auditor de cuentas y con dirección de correo electrónico que designa a los efectos de comunicación de créditos: david.garcia@valuareconsultores.com.

4.º- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio, sin que quepa su presentación directa ante el juzgado. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

El plazo para esta comunicación es el de un mes a computar de fecha a fecha y entendiendo como día final si fuera inhábil o no existiera día equivalente, el siguiente hábil al mismo a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el "Boletín Oficial del Estado".

5.º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado (artículo 184.3 LC). Se hace saber a los interesados que de conformidad a los artículos 184 y 185 de la LC deberán personarse en la Sección primera.

6.º- Que se designa la página web https://www.publicidadconcursal.es/ a los efectos de publicidad registral en el registro público concursal.

Málaga, 17 de abril de 2019.- El Letrado de la Administracion de Justicia, José María Casasola Díaz.

Informes
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