Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores terminado Actuaciones Urbanas Para Promocion De Viviendas S.L.

El 07-01-2019, Actuaciones Urbanas Para Promocion De Viviendas S.L., en L'ELIANA (Valencia) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de VALENCIA. El número de insolvencia de esta empresa es B96546163. La actividad (principal) de Actuaciones Urbanas Para Promocion De Viviendas S.L. es construcción de edificios.
El concurso ha concluido.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Actuaciones Urbanas Para Promocion De Viviendas S.L.
Localidad:
L'ELIANA
Provincia:
Valencia
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B96546163
Número de insolvencia:
B96546163
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Construcción
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
GENERAL PASTOR 57
46183 L'ELIANA
Mostrar en tarjeta
-
CL :
CONDE DE TRENOR 4
46003 VALENCIA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
15-04-2019
A190020333
 
  • Conclusión del concurso
 

D. Jorge Víctor Iglesias de Baya, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Valencia por el presente,

Hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos de Concurso Abreviado (CNA), 001060/2018 Voluntario, de la deudora concursada ACTUACIONES URBANAS PARA PROMOCIONES DE VIVIENDAS, S.L., con CIF número B96546163, con domicilio en la Calle General Pastor número 57 B, La Eliana (Valencia) en cuyo seno se ha dictado auto de fecha cuatro de abril de dos mil diecinueve por el Ilmo. Sr. Magistrado Juez, por el que se ha acordado haber lugar a la conclusión del concurso por inexistencia de bienes y al archivo de las actuaciones, habiéndose declarado la extinción de la mercantil mencionada y el cierre de la hoja de su inscripción en los Registros Públicos que corresponda. El deudor, caso de ser persona natural, queda responsable del pago de los créditos restantes y los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso (articulo 178 de la LC).

Y de conformidad con lo ordenado se expide el presente edicto para conocimiento de los acreedores y demás interesados.

Valencia, 4 de abril de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, Jorge Víctor Iglesias de Baya.

25-02-2019
A190009067
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

Edicto

D. Jorge Víctor Iglesias de Baya, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Valencia, de conformidad con lo previsto en los artículos 21 y 23 de la Ley Concursal, por el presente doy la publicidad ordenada al auto de declaración de concurso dictado en este Juzgado y

Hago saber:

Que en este Juzgado se tramitan los autos de Concurso Abreviado (CNA) Voluntario número 001060/2018, habiéndose dictado en fecha siete de enero de dos mil diecinueve por el Ilmo. Sr. Magistrado Juez Jacinto Talens Seguí auto de declaración de concurso de acreedores de ACTUACIONES URBANAS PARA PROMOCIÓN DE VIVIENDAS, SL, con domicilio en la calle General Pastor número 57 B, La Eliana (Valencia) y CIF número B96546163, inscrita en el Registro Mercantil de esta Provincia, al tomo 5561, folio 12, hoja número V-49.355. Que se ha acordado la intervención de las funciones de disposición y administración de la concursada, que quedarán sometidas a la autorización o conformidad de la administración concursal designada. Se ha nombrado administrador concursal a don Francisco Javier López Buye con domicilio en la calle Almirante Cadarso, número 5-5ª Valencia y correo electrónico administracion@rlcabogados.com. Y de conformidad con lo ordenado, se expide el presente edicto para general llamamiento de los acreedores del concursado a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación acordada en el «Boletín Oficial del Estado» puedan comunicar sus créditos a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y ulterior reconocimiento y clasificación en los términos indicados en el artículo 85 de la Ley Concursal. Así mismo se hace saber que para personarse en debida forma en el procedimiento concursal será necesario abogado y procurador

Valencia, 7 de enero de 2019.- El Letrado de la Administración de Justicia, Jorge Víctor Iglesias de Baya.

Informes
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