Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores Trade-Easy Management Sl.

El 05-11-2018, Trade-Easy Management Sl., en LA NAVA DE SANTIAGO (Badajoz) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de BADAJOZ. El número de insolvencia de esta empresa es B65862930. La actividad (principal) de Trade-Easy Management Sl. es transporte terrestre y por tubería.
Los Administradores han sido destituidos de su cargo y sustituidos por el síndico.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Trade-Easy Management Sl.
Localidad:
LA NAVA DE SANTIAGO
Provincia:
Badajoz
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B65862930
Número de insolvencia:
B65862930
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Transporte y almacenamiento
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
PALACIOS, 9 - BJ 0
06486 LA NAVA DE SANTIAGO
Mostrar en tarjeta
-
CL :
PAMPLONA (PG INDUSTRIAL EL PRADO) 0
06800 MERIDA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
15-11-2018
A180067458
 
  • Auto de declaración de concurso
  • Cese de los Administradores
 

D.ª LUCÍA PECES GÓMEZ, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil N.º 1 de BADAJOZ, por el presente, hago saber:

1.º- Que en los autos seguidos en este Órgano Judicial en la S1C SECCIÓN I DECLARACIÓN CONCURSO 314/2018 se ha dictado en fecha 05/Noviembre/2018 AUTO DE DECLARACIÓN DE CONCURSO ABREVIADO necesario del deudor TRADE EASY MANAGEMENT, S.L., con CIF B65862930 con domicilio social sito en La Nava de Santiago (Badajoz), calle Palacios 9.

2.º- Se ha acordado la intervención de las facultades de Administración y disposición que ejercía el deudor. El Letrado D. MANUEL RUBIO LARA, con DNI 44234491V, en representación de ADCONCURSALES OCCIDENTAL, S.L.P., con CIF B21517446, con domicilio profesional en c/ Rioja 25,1 planta- 41001-Sevilla y dirección de correo electrónico rubio@adconcursales.com para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.

No se admitirán bajo ninguna circunstancia insinuaciones de créditos dirigidas a este Juzgado, ya que las mismas deberán dirigirse directamente a la Administración Concursal. En caso de existir personaciones en los escritos de insinuación de crédito tampoco serán tenidas en cuenta, debiéndose realizar la personación en escrito dirigido para tal fin

3.º- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

4.º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC).

5.º- Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal www.publicidadconcursal.es.

Badajoz, 5 de noviembre de 2018.- La Letrtada de la Administración de Justicia, Lucía Peces Gómez.

Informes
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