Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores Monroyo Industrial Sl

El 02-10-2018, Monroyo Industrial Sl, en MONROYO (Teruel) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de TERUEL. El número de insolvencia de esta empresa es B44145530. La actividad (principal) de Monroyo Industrial Sl es industria de la madera y del corcho, excepto muebles; cestería y espartería.
Hay más datos disponibles de este expediente. Haga clic aquí para iniciar sesión o registrarse GRATIS.
Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Monroyo Industrial Sl
Localidad:
MONROYO
Provincia:
Teruel
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B44145530
Número de insolvencia:
B44145530
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Industria
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CR :
ZARAGOZA 12
44652 MONROYO
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
26-10-2018
A180063427
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil de Teruel, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la ley concursal (LC), anuncia:

1º.- Que en el concursal - sección 1ª (general) número 394/2018 NIG 421641120180001421, por auto de fecha uno de octubre de 2018 se ha declarado en Concurso Voluntario Abreviado al deudor Monroyo Industrial, S.L., con C.I.F. B-44145530, con domicilio social en Carretera Zaragoza, nº 12 de Monroyo (Teruel), representada por la procuradora Dª. María José Bernal Rubio. El presente concurso se Tramitará tomando en consideración lo prevenido para el procedimiento Abreviado.

2º.- En dicho auto se ha acordado la conservación de las Facultades de administración y disposición de la concursada, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de la administración Concursal, mediante su autorización o conformidad.

Se ha nombrado administrador del concurso, con las facultades expresadas en el precedente apartado 2º, a Don Francisco Tejero Aldomar, provisto de DNI 29.173.493-V.

3º.- Por el presente se llama a los acreedores de la concursada para que comuniquen a la administración concursal la existencia de sus créditos.

La comunicación se dirigirá a la administración concursal y se formulará bien por escrito, firmado por el acreedor, interesado, o representante acreditado, bien por medios electrónicos. Para ello (sin perjuicio del domicilio designado en sede judicial) se ha facilitado como Dirección postal: Avenida Reino de Valencia, nº 39, puerta 2 de Valencia (CP: 46.005) y como dirección electrónica concursomonroyo@gmail.com.

La comunicación expresará nombre, domicilio y demás datos de Identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda.

Si se invocare un privilegio especial, se indicarán, además, los bienes y derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales.

También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes, produciendo plenos efectos las que se remitan al domicilio o a la dirección indicada.

Se acompañará copia, en forma electrónica, en caso de que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o de los documentos relativos al crédito. Salvo que los títulos o documentos figuren inscritos en un registro público, la administración concursal podrá solicitar los originales o copias autorizadas de los títulos o documentos aportados, así como cualquier otra justificación que considere necesaria para el reconocimiento del crédito. (art. 85 LC).

Los acreedores deberán formular la comunicación en el plazo de un mes desde el día siguiente a la publicación en el boe del auto de declaración de concurso. (art. 21.1. 5º LC). No obstante, hasta la presentación de los textos defintivos se podrán presentar comunicaciones de nuevos créditos o de los que se justifique no haber tenido noticia antes (art. 96 bis LC).

4º.- Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador/a y asistidos de abogado/a (artículo 184.3 lc).

5º.- La dirección electrónica del registro público concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso es Http://www.publicidadconcursal.es.

Teruel, 2 de octubre de 2018.- El Letrado de la Administración de Justicia.

Informes
No se han encontrado (todavía) ningún informe de juicio disponible.
Concursal.es se dedica a actualizar y completar periódicamente el contenido de este sitio web, a partir de fuentes públicas. Pese al esfuerzo y la atención de esta labor, es posible que el contenido esté incompleto o contenga alguna imprecisión. Concursal.es pone a disposición el contenido del sitio web en su estado original ("As is"), sin garantía alguna en cuanto a su vigencia, su idoneidad para un fin determinado o en cualquier otro sentido. Concursal.es no asumirá ninguna responsabilidad por daños causados o que se puedan causar, o que se deriven o que tengan algún tipo de conexión con el uso de Concursal.es o con la imposibilidad de consultar el sitio web. Además de lo expuesto en este aviso legal, Concursal.es no será responsable por los archivos de terceros vinculados al sitio web. La vinculación no implica la ratificación de dichos archivos.

Destacado


Subastas en línea

Seguir las últimas noticias e insolvencias vía Twitter
Seguir las últimas noticias e insolvencias vía Facebook
  • Binq Media B.V., Media Park, Locatie Heideheuvel H1, Mart Smeetslaan 1, 1217 ZE Hilversum, Países Bajos