Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores Persona física

El 20-04-2012, Persona física, en CALATAYUD (Zaragoza) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de ZARAGOZA. El número de insolvencia de esta empresa es 17438074A. La actividad (principal) de Persona física es actividades inmobiliarias.
El síndico ha presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Persona física
Localidad:
CALATAYUD
Provincia:
Zaragoza
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
17438074A
Número de insolvencia:
17438074A
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Alquiler y gestión de inmuebles
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
AV :
PASCUAL MARQUINA 0
50300 CALATAYUD
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
26-09-2012
A120064518
 
  • Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
 

Doña Carmen Montaner Zueras, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Zaragoza, Anuncia:

Primero. Que en el procedimiento concursal Concurso Voluntario Abreviado número 139/2012-F referente a los deudores don Jesús Antonio Temprado Pelegrin y doña Ana Esmeralda Pomareta Pastor, mayores de edad, cónyuges, provistos de DNI números 17.438.074-A y 17.435.475-A, respectivamente, y con domicilio ambos en Avenida Pascual Marquina n.º 12, 5.º-A, de Calatayud (Zaragoza), se ha presentado escrito en fecha 3 de septiembre de 2012 por la Administración Concursal por el que aporta el Informe previsto en el artículo 75 Ley Concursal y sus documentos, con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.

Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa.

Segundo. Dentro del plazo de diez días, computado desde la notificación de la resolución a las partes personadas y para el resto de los interesados desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, los interesados, que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil.

Tercero. Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador.

Zaragoza, 10 de septiembre de 2012.- La Secretaria judicial.

12-05-2012
A120030547
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
  • Cese de los Administradores
 

D. Rafael Sousa Herranz, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Zaragoza, por el presente, hago saber:

Primero.- Que en este Juzgado se siguen autos de Concurso Voluntario Abreviado nº 139/12-F, y Número de Identificación General del procedimiento (N.I.G.) 50297 47 1 2012 0000908, en el cual se ha dictado en fecha 20 de abril de 2012, Auto de declaración de Concurso Voluntario de D. Jesús Antonio Temprado Pelegrin y Dº Ana Emeralda Pomareta Pastor, mayores de edad, cónyuges, provistos de DNI números 17.438.074-A y 17.435.475-A, respectivamente, y con domicilio ambos en Avenida Pascual Marquina, nº 12, 5º A, de Calatayud (Zaragoza).

Segundo.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirán ejerciendo los citados deudores, mediante autorización o conformidad de la administración concursal.

Tercero.- Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que en el plazo de quince días comuniquen por escrito la existencia de sus créditos directamente a la administración concursal designada "Senda Abogados y Asesores, S.L.P.", representada por el abogado D. Blas Eduardo Sánchez Sanz, con DNI 17.694.995-Z, Dirección postal: Paseo Independencia, nº 34, 2º izqda., 50004 Zaragoza; teléfono 976231656/976213143, fax: 976232820; correo electrónico: abogados@senda-asesores.com.

Dicha comunicación podra presentarse en el domicilio postal del administrador concursal indicado, o remitirse por correo a dicho domicilio o efectuarse en la dirección electrónica indicada.

Cuarto.- La comunicación de créditos se efectuará de conformidad con el artículo 85 de la Ley Concursal, y expresará nombre, domicilio postal, dirección de correo electrónico y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose copia, en forma electrónica en los casos que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o de los documentos relativos al crédito.

Quinto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado (art. 184.3 Ley Concursal).

Zaragoza, 27 de abril de 2012.- El Secretario Judicial.

Informes
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