El Juzgado de lo Mercantil de Córdoba, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC),
Anuncia:
Que en el procedimiento concursal número 767/2017, referente al concursado MANIPULADOS DEL ARRECIFE, S.L. se ha dictado auto aprobando el plan de liquidación.
Los efectos del art. 145 y ss. de la LECO se entienden producidos desde el auto de apertura de la presente pieza de liquidación.
Se ha procedido a la apertura de la pieza sexta de calificación y a su correspondiente tramitación
Córdoba, 24 de junio de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia, Elena Colorado Gámez.
Edicto
El Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Córdoba, anuncia:
1.- Que el procedimiento concursal número 767/2017 referente al concursado MANIPULADOS DEL ARRECIFE, S.L., se ha convocado junta de acreedores que se celebrará el día 30 de septiembre de 2019 a las 10:00 horas en la Ciudad de la Justicia de Córdoba - 1ª Planta - Sala 21.
2.- Hasta cuarenta días antes del señalado para la celebración de la junta, el deudor y los acreedores cuyos créditos superen conjunta o individualmente una quinta parte del total pasivo resultante de la lista definitiva podrán presentar propuestas de convenio. Los acreedores podrán adherirse a las propuestas de convenio en los términos del artículo 115.3 de la LC.
3.- Tiene derecho de asistencia a la junta los acreedores que figuren incluidos en la lista definitiva de acreedores, pudiendo hacerse representar por medio de apoderados en la forma prevista en el artículo 118 de la LC.
Córdoba, 5 de junio de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, Elena Colorado Gámez.
EDICTO
El Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Córdoba, en cumplimiento de lo dispuesto en el artÃculo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:
1º.- Que en el procedimiento número 767/2017, con NIG 1402142120170020067, por auto de 14/12/17 se ha declarado en concurso voluntario al deudor MANIPULADOS DEL ARRECIFE, S.L., (CIF B14566251), con domicilio en Avda. de Córdoba, 118 de La Carlota (Córdoba) y cuyo centro de principales intereses lo tiene en La Carlota (Córdoba).
2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.
3º.- Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art 85 de la L.C. A estos efectos se informa que la administración concursal designada ha sido FIDEL BLASCO MIOTA, con domicilio postal en C/ Músico Guerrero, nº 30 (Córdoba) CP 14012 y dirección electrónica la siguiente fbmeconomistas.org
El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el BoletÃn Oficial del Estado.
4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artÃculo 184.3 LC).
Córdoba, 18 de enero de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia.