Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores terminado Benjamin Rodriguez Automocion Sl

El 21-03-2013, Benjamin Rodriguez Automocion Sl, en NAVIA (Asturias) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de OVIEDO. El número de insolvencia de esta empresa es B74108499. La actividad (principal) de Benjamin Rodriguez Automocion Sl es venta y reparación de vehículos de motor y motocicletas.
El concurso ha concluido.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Benjamin Rodriguez Automocion Sl
Localidad:
NAVIA
Provincia:
Asturias
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B74108499
Número de insolvencia:
B74108499
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
:
LAS ACENAS 0
33710 NAVIA
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Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
29-04-2014
A140020017
 
  • Cese de los Administradores
  • Alzamiento de las limitaciones de administración
  • Conclusión del concurso
 

Don Andrés Prada Horche, Secretario judicial del Juzgado Mercantil n.º 2 de Oviedo,

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado al n.º 0000252/2012 de la entidad BENJAMÍN RODRÍGUEZ AUTOMOCIÓN, S.L., se ha dictado Auto, con fecha 17-3-14, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

"Decido

Declarar la conclusión del concurso 252/2012, en el que figuraba como concursada BENJAMÍN RODRÍGUEZ AUTOMOCIÓN, S.L., por fin de la fase de liquidación al haberse procedido a la realización de todos los activos de la concursada y al abono de los créditos hasta el importe de su cuantía.

Se aprueba igualmente la rendición de cuentas presentada.

Contra este auto no cabrá recurso alguno.

Notifíquese esta resolución a las partes y procédase a la publicación de edictos en el BOE y en el Registro Concursal.

Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación.

Se acuerda la extinción de la persona jurídica de la concursada, disponiéndose el cierre de su hoja de inscripción en el Registro mercantil de Asturias, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme si no consta ya haberse verificado en momento anterior.

La conclusión del concurso no obstará a su reapertura del concurso, que será declarada por este mismo juzgado, en caso de que con posterioridad a esta resolución aparezcan bienes y derechos titularidad del concursado.

Así lo acuerda y firma S.S.ª, doy fe"

Y para su inserción en el BOE, expido el presente

Oviedo, 17 de marzo de 2014.- El Secretario.

27-01-2014
A140002892
 
  • Cese de los Administradores
  • Presentación de la propuesta de convenio
  • Apertura de la sección seis
 

Edicto

D. Andrés Prada Horche, Secretario Judicial, de Jdo. de lo Mercantil n. 2 de Oviedo, anuncia:

Sección V Convenio 000253/2012 seguido a instancias de Benjamín Rodríguez, S.L., se ha dictado sentencia de fecha 13 de enero de 2014, cuya parte dispositiva dice lo siguiente:

Fallo

Se aprueba, con los efectos previstos en la Ley, la propuesta de convenio presentada por la concursada Benjamín Rodríguez, S.L., que fue aceptada por la Junta de Acreedores celebrada el día 11 de diciembre de 2013.

Se acuerda el cese de los efectos de la declaración de la declaración del concurso sobre las facultades de administración y disposición del deudor, así como los efectos que tal declaración produce en los contratos en los que es parte la entidad declarada en concurso y sobre los acreedores de la concursada, si bien respecto de estos últimos teniendo en cuenta la vinculación que sobre los mismos produce el convenio aprobado para aquellos a quienes legalmente afecte.

Se acuerda el cese de la Administración concursal en sus funciones de intervención de las facultades de administración y disposición de la entidad concursada, continuando en su cargo a los efectos previstos en el capítulo II del título VI.

Se acuerda la apertura de la Sección Sexta de calificación del concurso, que se encabezará con testimonio de la presente resolución, debiendo incorporarse a ella testimonios de la solicitud de declaración del concurso, de la documentación que hubiere presentado el deudor con su solicitud o a requerimiento del Juez, y del Auto de declaración del concurso.

Se concede a la Administración concursal en el plazo de un mes a contar desde la notificación de esta resolución para que proceda a la rendición de cuentas de su gestión.

Requiérase a la entidad concursada, a fin de que, con periodicidad semestral, a partir de la fecha de esta resolución, informe a este juzgado acerca del cumplimiento del convenio.

Notifíquese esta resolución al concursado, a la Administración concursal y a todas las partes personadas en el procedimiento.

Hágase publica la parte dispositiva de la sentencia aprobatoria del convenio por medio de edictos que se entregarán a la representación procesal de la concursada para que proceda a su inserción con mayor urgencia en el Boletín Oficial del Estado y en el diario El Comercio, en la forma y con los requisitos establecidos en el artículo 23 de la Ley Concursal, debiendo dar cuenta a este juzgado de su diligenciamiento.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley Concursal, expídase y entréguese a la representación procesal del la concursada mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Asturias para constancia de la aprobación del convenio, del cese de la intervención de las facultades de administración y disposición, así como del cese de los administradores concursales.

Contra esta sentencia cabe recurso de apelación que podrá prepararse por escrito ante este Juzgado en el plazo de veinte días desde su notificación.

Así lo acuerda, manda y firma el Ilmo. Sr. D. Miguel Álvarez-Linera Prado, Magistrado-Juez de lo Mercantil n.º 2 de Oviedo.

Oviedo, 14 de enero de 2014.- El Secretario Judicial.

27-11-2013
A130065188
 
  • Desconvocatoria de Junta de Acreedores
 

Edicto

Don Andrés Prada Horche, Secretario Judicial de Mercantil número 2de Oviedo,

Anuncia:

1.º Que en el procedimiento concursal número sección V convenio 0000253/2012 referente al concursado Benjamín Rodríguez, S.L., se ha acordado la suspensión de la junta señalada para el día 13 de noviembre de 2013, a las doce horas, señalándose nuevamente para el próximo día 11 de diciembre de 2013, a las doce horas, en la sala de audiencias de este Juzgado.

2.º Los acreedores podrán adherirse a las propuestas de convenio en los términos del artículo 115.3 de la LC.

3.º Tienen derecho de asistencia a la Junta los acreedores que figuren incluidos en la lista definitiva de acreedores, pudiendo hacerse representar por medio de apoderados en la forma prevista en el artículo 118 de la LC.

Oviedo, 13 de noviembre de 2013.- El Secretario Judicial.

21-10-2013
A130057532
 
  • Convocatoria de Junta de Acreedores
 

Edicto

Don Andrés Prada Horche, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil número dos de Oviedo, anuncia:

1.º Que en el procedimiento concursal número Sección I, Declaración Concurso 0000253/2012, referente al concursado Benjamín Rodríguez, S.L., se ha convocado Junta de acreedores que se celebrará el día 13 de noviembre de 2013, a las 12 horas, en la sala de audiencia de este Juzgado.

2.º Se someterá a la deliberación y en su caso aprobación de la Junta la propuesta de convenio presentado por la concursada.

Dichas propuestas, junto con el escrito de evaluación de la administración concursal pueden ser examinadas por los interesados en la Secretaría del Juzgado.

Los acreedores podrán adherirse a las propuestas de convenio en los términos del artículo 115.3 de la LC.

3.º Tienen derecho de asistencia a la Junta los acreedores que figuren incluidos en la lista definitiva de acreedores, pudiendo hacerse representar por medio de apoderados en la forma prevista en el artículo 118 de la LC.

Oviedo, 2 de octubre de 2013.- El Secretario Judicial.

29-05-2013
A130030658
 
  • Aprobación del plan de liquidación
  • Apertura de la sección seis
 

Edicto

Don Andrés Prada Horche, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Oviedo, por el presente,

Hago saber:

1.º Que en los autos de concurso voluntario seguidos en este Juzgado con el n.º 252/12, del deudor Benjamín Rodríguez Automoción, S.L., con domicilio: Las Aceñas, s/n, Navia, CIF/NIF: B-74108499, se ha dictado en fecha 10/05/13 auto aprobando el plan de liquidación.

2.º La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo.

Dentro de los diez días siguientes a la última publicación de este edicto, que está previsto anunciarlo en el BOE y en El Comercio, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

Oviedo, 10 de mayo de 2013.- El Secretario Judicial.

08-05-2013
A130023825
 

Edicto.

Don Andrés Prada Horche, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Oviedo,

Por el presente, hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º 252/12, NIG 33044 47 1 2012 0000604, se ha dictado en fecha 21-3-2013 Auto de declaración de concurso voluntario del deudor "Benjamín Rodríguez Automoción, S.L",. CIF B-74108499, aclarado por Auto de fecha 16-4-2013, en el sentido de acordar la disolución de la entidad concursada, así como el cese de los administradores sociales o liquidadores que serán sustituidos por la administración concursal.

Oviedo, 16 de abril de 2013.- El Secretario Judicial.

16-04-2013
A130018400
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
  • Cese de los Administradores
 

Edicto

D. Andrés Prada Horche, Secretario/a Judicial de Juzgado de lo Mercantil N. 2 de Oviedo, por el presente, hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º 252/12, NIG: 33044 47 1 2012 0000604, se ha dictado en fecha 21-3-13 Auto de Declaración de Concurso Voluntario del deudor Benjamín Rodríguez Automoción, S.L., con domicilio social en Navia, Las Aceñas, s/n, CIF N. B-74108499, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Asturias.

2.º Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición el deudor, que serán ejercidas por la administración concursal.

3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen al Administrador Concursal designado, don Manuel González Vila, la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal en el siguiente domicilio postal: C/Arquitecto Reguera, n.º 9-11, 4.º D, de Oviedo, Teléfono n.º 985259402 o en la siguiente dirección electrónica: benjaminrodriguezautomoción@gmail.com, pudiendo dirigir los acreedores concursales sus comunicaciones de créditos y cualquier otra comunicación, a una u otra, a su elección.

Dicha comunicación deberá efectuarse en el plazo de 15 días a partir de la última fecha de publicación de este edicto, que se ha acordado publicar en el BOE y en el periódico el Comercio.

4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (art. 184.3 Ley Concursal).

Oviedo, 1 de abril de 2013.- El Secretario Judicial.

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