Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores Bigagest Sl

El 16-02-2018, Bigagest Sl, en BIGASTRO (Alicante) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de ALICANTE. El número de insolvencia de esta empresa es B54208459. La actividad (principal) de Bigagest Sl es agricultura, ganadería, caza y servicios relacionados con las mismas.
Se han alzado las limitaciones de administración.
Hay más datos disponibles de este expediente. Haga clic aquí para iniciar sesión o registrarse GRATIS.
Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Bigagest Sl
Localidad:
BIGASTRO
Provincia:
Alicante
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B54208459
Número de insolvencia:
B54208459
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Agricultura, silvicultura y pesca
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
TOMAS VILLANUEVA 0
03380 BIGASTRO
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
27-02-2021
A210011122
 
  • Alzamiento de las limitaciones de administración
 

Edicto

D/DÑA. JORGE CUELLAR OTÓN, Letrado de la Administración de Justicia y del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Alicante con sede en Elche, anuncia:

Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores núm. 000655/2017 siendo la concursada BIGAGEST, S.L. con CIF n.º B54208459, en el que se ha dictado Auto de fecha 19/2/21, que contiene entre otros los siguientes pronunciamientos:

1.º.- Se declara concluido el concurso de acreedores de la mercantil BIGAGEST, S.L. el cual queda responsable del pago de los créditos restantes, pudiendo los acreedores iniciar ejecuciones singulares.

2.º.- Quedan sin efecto y se alzan las limitaciones de administración y disposición del deudor que vinieron en su día acordadas. Cesa el Administrador Concursal en su cargo.

3.º.- Se acuerda la extinción de BIGAGEST, S.L., decretándose la cancelación de sus hojas registrales de inscripción. Para su efectividad, líbrese mandamiento al Sr. Registrador Mercantil de la Provincia, entregándose al Procurador del deudor, así como testimonio de la presente resolución a fin del cierre de la hoja de inscripción de la sociedad. Líbrense igualmente mandamientos oportunos a los Registros públicos en los que se hubiese anotado la declaración del presente concurso, entréguense igualmente al Procurador.

4.º.- Cabe la posibilidad de reapertura del concurso si aparecen bienes o derechos dentro del plazo de un año, ante este Juzgado, en el mismo procedimiento, y al solo objeto de la liquidación concursal (art. 505.1 TRLC).

5.º.- Se aprueba la rendición de cuentas formulada conforme al art. 479.2 TRLC.

Elche, 19 de febrero de 2021.- El Letrado de la Administración de Justicia, Jorge Cuéllar Otón.

24-02-2018
A180012340
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

EDICTO

D. Jorge Cuéllar Otón, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Alicante con sede en Elche, por el presente hago saber:

Que por auto de fecha 16/02/2018 en el procedimiento con número de autos 000655/2017 y N.I.G. 03014-66-1-2017-0001700, se ha declarado en Concurso Abreviado Voluntario (CNA) al concursado BIGAGEST, S.L., con domicilio en Calle Tomás Villanueva, s/n, 03380-Bigastro, y CIF nº B54208459, inscrita en el Registro Mercantil de Alicante al tomo 3151, folio 59, hoja A-104627, representada por el procurador D/Dª IGNACIO BROTONS JOVER.

Facultades del concursado: Intervenido

Administrador Concursal: Que ha sido nombrado D./Dª. FRANCISCO JOSÉ PÉREZ BLASCO, colegiado del Ilustre Colegio de Alicante con domicilio postal para notificaciones y para que los acreedores efectúen la comunicación de créditos: C/ Alfonso XII, 30, Entlo Elche, 03203; dirección de correo electrónica para notificaciones y comunicaciones de crédito: fjperez@economistas.org.

Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la entidad concursada deberán poner en conocimiento del administrador concursal en las direcciones indicadas la existencia de sus créditos en el plazo de UN MES, a contar desde la fecha de publicación del presente B.O.E.

Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Examen de autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Oficina Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personación.

Se expide el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso conforme al artículo 23 LC.

Elche, 20 de febrero de 2018.- El Letrado de la Administración de Justicia.

Informes
No se han encontrado (todavía) ningún informe de juicio disponible.
Concursal.es se dedica a actualizar y completar periódicamente el contenido de este sitio web, a partir de fuentes públicas. Pese al esfuerzo y la atención de esta labor, es posible que el contenido esté incompleto o contenga alguna imprecisión. Concursal.es pone a disposición el contenido del sitio web en su estado original ("As is"), sin garantía alguna en cuanto a su vigencia, su idoneidad para un fin determinado o en cualquier otro sentido. Concursal.es no asumirá ninguna responsabilidad por daños causados o que se puedan causar, o que se deriven o que tengan algún tipo de conexión con el uso de Concursal.es o con la imposibilidad de consultar el sitio web. Además de lo expuesto en este aviso legal, Concursal.es no será responsable por los archivos de terceros vinculados al sitio web. La vinculación no implica la ratificación de dichos archivos.

Destacado


Subastas en línea

Seguir las últimas noticias e insolvencias vía Twitter
Seguir las últimas noticias e insolvencias vía Facebook
  • Binq Media B.V., Media Park, Locatie Heideheuvel H1, Mart Smeetslaan 1, 1217 ZE Hilversum, Países Bajos