Doña Virginia Montejo Labrada, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 7 de Madrid,
Hago saber:
Que en el concurso número 192/2012, del deudor CARPINTERÍA RAMÓN CAÑIL, S.L., se ha dictado con fecha de 23 de diciembre de 2013, auto de aprobación del plan de liquidación presentado por la Administración Concursal LC.
Que se ha acordado la formación de la sección sexta de calificación del concurso para que dentro de los diez días siguientes a la publicación del presente edicto cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, pueda personarse en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.
Madrid, 24 de enero de 2014.- La Secretaria.
Doña Virginia Montejo Labrada, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 7 de Madrid,
Hago saber: Que con fecha 1 de octubre de 2012 se ha dictado Auto abriendo la fase de liquidación de la mercantil "Carpintería Ramón Cañil, S.L.", número de concurso 192/2012.
1. Se abre la fase de liquidación, formándose la sección quinta que se encabezará con testimonio de esta resolución.
2. Se declara el vencimiento anticipado de los créditos concursales a plazo y la conversión en dinero de las prestaciones de los créditos que tuvieran diferente objeto.
3. Durante la fase de liquidación quedan suspendidas las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el título III de la LC.
4. Se declara el cese de la sociedad concursada y disuelta la sociedad "Carpintería Ramón Cañil, S.L.", cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal.
5. En el informe al que se refiere el artículo 75 o en un escrito que realizará dentro de los quince días siguientes al de notificación de la resolución de apertura de la fase de liquidación, la administración concursal presentará al juez un plan para la realización de los bienes y unitaria del conjunto de los establecimientos, explotaciones y cualesquiera otras unidades productivas de bienes y servicios del concursado o de algunos de ellos.
Madrid, 1 de octubre de 2012.- La Secretaria Judicial.
Doña Virginia Montejo Labrada Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 7 de Madrid anuncia:
1. Que en el procedimiento concursal número 192/2012 referente al deudor Carpintería Ramón Cañil, S.L. y Número de Identificación B-82706953, presentado el informe provisional por la Administración concursal al que se refiere el Capítulo I del Título I de la Ley concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y lista de acreedores.
Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaria del Juzgado, así como obtener copias a su costa.
2. Dentro del plazo de diez días, computados desde esta publicación en el BOE los interesados no personados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en forma de demanda incidental suscrita por letrado y procurador y presentada en el Decanato de Primera Instancia de Madrid, y al que se acompañarán dos juegos de copias simples de la misma, y que deberán de presentarse en el Decanato de los Juzgados de Primera Instancia de esta capital sito en Capitán Haya, 66.
Madrid, 24 de septiembre de 2012.- El Secretario.
Doña Carmen Fresneda García, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil número 7 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC),
1.º Que en el procedimiento número de identificación 28079100021902012 y concursal número 192/2012, por auto de fecha 3 de mayo de 2012, se ha declarado en concurso voluntario abreviado de acreedores al deudor Carpintería Ramón Cañil, S.L., con C.I.F., número B-82706953, y con centro de intereses principales en avenida del Valle, 89, de Rascafría, de 28740 Madrid, y que coincide con el lugar de su domicilio.
2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio pero sometidas a éstas a la intervención de la administración concursal.
3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal don José Eloy López Rodríguez la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.
4.º La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto: apartado de correos 29070 de 28033 Madrid y teléfono 650 43 25 56. Asimismo el fax: 91 721 96 56.
También se podrá efectuar por medio de correo electrónico a efecto de comunicaciones:
jeloylopez @gmail.com
El plazo para esta comunicación es el de un mes, a contar desde la última publicación de los anuncios de la declaración del concurso que se publicara en el "Boletín Oficial del Estado".
5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado mediante escrito dirigido a la Sección Primera y a través del mencionado Decanato (artículo 184.3 LC).
Madrid, 3 de mayo de 2012.- El Secretario.