Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores Grupo Ricca Calvo Sociedad Limitada.

El 29-12-2017, Grupo Ricca Calvo Sociedad Limitada., en CASTILLEJA DE LA CUESTA (Sevilla) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de SEVILLA. El número de insolvencia de esta empresa es B91562124. La actividad (principal) de Grupo Ricca Calvo Sociedad Limitada. es servicios técnicos de arquitectura e ingeniería; ensayos y análisis técnicos.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Grupo Ricca Calvo Sociedad Limitada.
Localidad:
CASTILLEJA DE LA CUESTA
Provincia:
Sevilla
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B91562124
Número de insolvencia:
B91562124
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Consultoría, investigación y prestación de servicios técnicos
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
PZ :
NUESTRA SEÑORA DE LOS DOLORES 0
41950 CASTILLEJA DE LA CUESTA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
03-01-2018
A170093945
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

Edicto.

El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Sevilla, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia:

1º.- Que en el procedimiento número 226/2017- neg. 6- por auto de 29 de diciembre de 2017 se ha declarado concluido el concurso voluntario abreviado del deudor GRUPO RICCA CALVO SL, con cif: B-91562124, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

"Parte dispositiva

Acuerdo:

1.- Declarar la conclusión del concurso de GRUPO RICCA CALVO, S.L.

2.- Archivar las actuaciones.

3.- Declarar la cancelación de todas las anotaciones o inscripciones efectuadas en virtud de la declaración del concurso.

4.- Declarar el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, salvo las que, en su caso, se contengan en la sentencia firme de calificación.

5.- El cese de la administración concursal designada, debiendo comparecer a tal efecto en este juzgado en el plazo de cinco días, para devolver la credencial que le habilita como tal.

6.- El deudor quedará responsable del pago de los créditos restantes, de modo que los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso. Para tales ejecuciones, la inclusión de su crédito en la lista definitiva de acreedores se equipara a una sentencia de condena firme

7.- La extinción de la entidad GRUPO RICCA CALVO, S.L., debiendo cancelarse su inscripción en los registros públicos que corresponda, sin perjuicio del mantenimiento de su personalidad jurídica a los efectos del punto anterior así como para reclamar el activo sobrevenido que pudiera aparecer.

8.- Dar la publicidad por medio de edictos en el tablón de anuncios del juzgado.

9.- Dar la publicidad registral necesaria para cuyo efecto remítanse los respectivos mandamientos a los registros correspondientes para la anotación de la presente resolución.

10.- Aprobar la rendición de cuentas presentada por la Administración concursal.

11.- Notificar la presente resolución a la administración concursal, a la concursada y a las partes personadas, haciéndoles saber que la misma es firme.

Así lo acuerda, manda y firma, don Juan Francisco Santana Miralles, Magistrado del Juzgado Mercantil Número 2 de Sevilla. Doy fe."

Sevilla, 29 de diciembre de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.

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