El Tribunal de Instancia Mercantil de Sevilla, Sección Segunda, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 482 del Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Concursal, anuncia:
Que en el procedimiento número 765/17-2, referente al deudor Acebuchoza, S.A., con CIF A-41155292, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en calle Camino de Estepa, s/n, Gilena (Sevilla), por auto de fecha 10 de diciembre de 2020, se ha acordado lo siguiente:
1.- La conclusión del proceso concursal de la entidad Acebuchoza, S.A., llevado en este mismo Tribunal con el n.º 765/17. Se decreta el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición.
2.- El cese del Administrador Concursal designado, aprobando la rendición de cuentas presentada por el mismo, debiendo devolver la credencial que este tribunal le extendió en plazo de cinco días.
3.- La declaración de extinción de la sociedad Acebuchoza, S.A., y el cierre de su hoja en el Registro Mercantil para su constancia.
Dicha declaración de extinción no ha de impedir la subsistencia de su personalidad jurídica para plantear o mantener demandas judiciales en reclamación de los créditos que ostente o crea que le asistan contra otros terceros.
Sevilla, 15 de diciembre de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia, Ana María Gullón Gullón.
El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Sevilla, en cumplimiento de lo dispuesto en el artÃculo 23 de la Ley Concursal, anuncia:
1º.- Que en el procedimiento número 765/17, por auto de fecha veintisiete de noviembre de dos mil diecisiete se ha declarado en concurso voluntario abreviado al deudor Acebuchoza, S.A., con CIF A-41155292, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en calle Camino de Estepa, s/n., Gilena, (Sevilla).
2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la Administración concursal.
3º.- Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art. 85 de la L.C. A estos efectos se informa que la administración concursal designada ha sido Lureko Servicios Profesionales, S.L.P., en la persona de doña Cecilia Franco Romero, con domicilio en Sevilla, avenida San Francisco Javier, n.º 22, edificio Hermes, planta 5.ª, módulo 14; teléfono 955280188-670020664; fax: 954064652; y dirección de correo electrónico cecilia.franco@iureko.com
El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el BoletÃn Oficial del Estado.
4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artÃculo 184.3 LC).
Sevilla, 7 de diciembre de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.