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Concurso de acreedores Asoc Colectivo La Calle

El 30-08-2021, Asoc Colectivo La Calle, en MADRID (Madrid) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de MADRID. El número de insolvencia de esta empresa es G78432697. La actividad (principal) de Asoc Colectivo La Calle es educación.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Asoc Colectivo La Calle
Localidad:
MADRID
Provincia:
Madrid
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
G78432697
Número de insolvencia:
G78432697
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Educación
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
CENSO, 6 - LATERAL 0
28041 MADRID
Mostrar en tarjeta
-
CL :
CEDROS 91
28029 MADRID
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
30-08-2021
BOE-J-2021-75737
 
  • Auto de declaración de concurso
 
ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 7 de Madrid

Dirección: Calle GRAN VÍA 52

Localidad: Madrid

Código Postal: 28013

Provincia: Madrid

Teléfono: 914930450

Correo electrónico: mercantil7@madrid.org

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 216/2017

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 22/07/2021

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Acredores concurso

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial o a la sede judicial electrónica (https://sedejudicial.madrid.org/).

INFORMACIÓN ADICIONAL

Mercantil: Asociación Colectivo La Calle

CIF: G78432697

CSV: 125922595249596926779

Edicto publicado en Registro Público Concursal

Se anuncia.

Anuncia

Que en el procedimiento concursal voluntario número 216/2017 referente al concursado

Asociación Colectivo La Calle, con CIF G78432697, se ha dictado auto de fecha 22.07.2021

en el que se ha acordado lo siguiente:

La conclusión y archivo del concurso de Asociación Colectivo La Calle, cesando a todos los

efectos de la declaración del concurso por insuficiencia de la masa activa para la satisfacción

de los créditos contra la masa.

Tratándose en este caso de una persona jurídica, procede conforme a lo ordenado en el

artículo 485 del TRLC, declarar su extinción.

El cese en su cargo del administrador concursal D. Fidel Blasco Miota, aprobándose las

cuentas formuladas.

Madrid, 30 de agosto de 2021.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, JOSE VELA PEREZ

Informes
No se han encontrado (todavía) ningún informe de juicio disponible.
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