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Concurso de acreedores terminado Papelera Del Arga Sa

El 01-09-2017, Papelera Del Arga Sa, en VILLAVA/ATARRABIA (Navarra) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de PAMPLONA. El número de insolvencia de esta empresa es A31030018. La actividad (principal) de Papelera Del Arga Sa es comercio al por mayor e intermediarios del comercio, excepto de vehículos de motor y motocicletas.
El concurso ha concluido.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Papelera Del Arga Sa
Localidad:
VILLAVA/ATARRABIA
Provincia:
Navarra
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
A31030018
Número de insolvencia:
A31030018
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
GR :
LANDAZABAL 9000
31610 VILLAVA/ATARRABIA
Mostrar en tarjeta
-
PG :
INDUSTRIAL LANDAZABAL, 1 - NAVES 1,3,5 0
31610 VILLAVA/ATARRABIA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
05-05-2021
A210027406
 
  • Conclusión del concurso
 

Edicto.

El Juzgado de lo Mercantil de Pamplona/Iruña, anuncia:

Que en el procedimiento concursal número 0000290/2017 referente a la concursada Papelera del Arga, S.A., con Cif A31030018, con domicilio en Polígono Industrial S.P.I., S.N. de Villava/Atarrabia por auto de fecha de 15 de abril de 2021 se ha acordado la conclusión del concurso, cuya parte dispositiva dice así:

Decido:

1º.- Acordar la conclusión del concurso de acreedores de la entidad Papelera del Arga, S.A., con Cif A31030018 y el archivo del presente procedimiento censando todos los efectos de la declaración de concurso sin perjuicio de su posible reapertura.

2º.- Se acuerda el cese en su cargo del Administrador Concursal, y se declaran aprobadas las cuentas rendidas por la Administración Concursal y conforme a lo establecido en el art. 479.6 T.R.L.C., llévese testimonio de la presente resolución a la Sección Segunda.

3º.- Inscríbase la presente resolución en la hoja abierta a la referida sociedad en el Registro Mercantil de Navarra, inscrita al Tomo 507, Folio 31, hoja Na-1799. A tal fin expídase mandamiento a dicho Registro Público con expresión de la firmeza de esta resolución.

4º.- Acordar la extinción de la referida sociedad y disponer el cierre en su hoja de inscripción en el Registro Mercantil de Navarra, a cuyo efecto expídase Mandamiento al Registro Mercantil de Navarra con expresión de su firmeza, comprensivo de los datos de identificación parte dispositiva.

5º.- Dese publicidad a la presente resolución mediante publicación en el R.P.C. y en el tablón de anuncios de este Juzgado.

6º.- Remítase esta resolución al «Boletín Oficial del Estado» para que sea publicada a la mayor brevedad en virtud del art. 482 T.R.L.C. con carácter gratuito ante la inexistencia de masa activa.

Comuníquese a todos los Juzgados de 1.ª Instancia y Social de Pamplona a fin de poner en su conocimiento la conclusión del presente concurso a los efectos de los artículos 483 y siguientes del T.R.L.C.

Notifíquese la presente resolución a las partes personadas.

Recurso. - Contra el presente auto no cabe recurso alguno (art. 481.1 del T.R.L.C.)

Así lo acuerda y firma S.Sª., doy fe

El/La Juez El/La Letrado de la Administración de Justicia

Pamplona, 15 de abril de 2021.- La Letrado de la Administración de Justicia, Elena María Daniel del Valle.

23-09-2017
A170067767
 
  • Auto de declaración de concurso
 

El Juzgado de lo Mercantil de n.º 1 de Pamplona/Iruña, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC),

Anuncia:

1.º Que en el Concurso Abreviado número 0000290/2017, NIG 3120147120170000249, por auto de 1/09/2017, se ha declarado en concurso de materia concursal al deudor Papelera del Arga, S.A., con CIF N.º A31030018 y domicilio en Polígono Industrial S.P.I., SN y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Villava (Navarra),

2.º Que el deudor ha sido suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituido por la administración concursal.

3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos, por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado en este Edicto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos en la dirección electrónica que consta en este edicto. La comunicación deberá realizarse en la forma prevista en el artículo 85.3 de la LC.

La Administración concursal está integrada por:

D./D.ª Luis Garrido Constante.

DNI 18169861.

Mayor de edad.

Nacionalidad Española.

Vecino de Pamplona código postal: 31003.

Domicilio: C/ Bergamín, n.º 15. 1.º izda.

Profesión: Abogado.

Teléfono: 948241300.

Fax: 948152194.

Correo electrónico: luis@gardeasociados.com

El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde la publicación en el Boletín Oficial del Estado del auto de declaración del concurso.

4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

5.º Que en la misma resolución se ha acordado la apertura de la fase de liquidación.

Pamplona/Iruña, 8 de septiembre de 2017.- El/La Letrado de la Administración de Justicia.

Informes
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