Edicto
El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Donostia - UPAD Mercantil,
Anuncia:
Que en el procedimiento concursal número 633/2016 en el que figura como concursada Router Comunicaciones S.L., CIF B20621462, se ha dictado el dia de hoy auto que declara concluso el concurso y acuerda el archivo de las actuaciones por insuficiencia de la masa activa para la satisfaccion de los créditos contra la masa.
La misma resolución ha decretado el cese de las limitaciones que pudieran quedar subsistentes en cuanto a las facultades de administración y disposición del deudor, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación.
Así mismo, se ha acordado también la extinción de la persona jurídica deudora.
Dicho auto es firme por no caber contra el mismo recurso alguno.
San Sebastián, 5 de marzo de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, Isabel Villoslada Torquemada.
Edicto
El Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Donostia, en cumplimiento de lo dispuesto en el artÃculo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:
1º.- Que en el procedimiento número 633/2016, NIG 20.05.2-16/012643, por auto de 5/1/2017 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Router Comunicaciones, S.L., con CIF B20621462, con domicilio en Calle Errebal, nº 10 3º - 20600 Eibar y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Eibar.
2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.
3º.- Que la administración concursal está integrada por Dª Gemma Ortiz RodrÃguez
Domicilio postal: C/ Prim, 28, entrlo. izda. 20006 San Sebastián
Dirección electrónica: concursalrouter@grupozubizarreta.es
4º- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artÃculo 85 de la LC.
El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el dÃa siguiente a la publicación de este anuncio en el BoletÃn Oficial del Estado.
5º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado (artÃculo 184.3 LC).
6º.- Que las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal: www.publicidadconcursal.es
San Sebastián, 11 de enero de 2017.- Letrada de la Administración de Justicia.