E D I C T O
El Juzgado de lo Mercantil de Granada, en cumplimiento de lo dispuesto en el art 23 de la Ley Concursal, anuncia:
1.- Que en el procedimiento concursal n.º 608/16 referente al concursado Euro Cargo Logistic S.L. con CIF B 18897462, con domicilio en calle Fuente C, portal A, bajo B de Salobreña por auto de fecha 14/09/20 se ha acordado lo siguiente:
Acuerdo la conclusión del concurso voluntario de acreedores de las personas jurídicas Euro Spain Cargo Logistic S.L. con CIF B-18897462, inscrita en el Registro Mercantil de Granada y la aprobación de la rendición de cuentas presentada por la administración concursal. De conformidad a ello:
Procédase a la publicación de la presente resolución en el BOE, en el Registro Mercantil y en el Registro Público Concursal.
Procédase a la cancelación de las anotaciones de declaración de concurso existentes, librando a tal efecto los mandamientos oportunos
Llévese testimonio de la presente resolución a todas las secciones del concurso.
Se acuerda la extinción de Euro Spain Cargo Logistic S.L. con CIF B-18897462. Líbrese mandamiento al Registro Mercantil conteniendo testimonio de la presente resolución, firme que sea la misma, al objeto de la inscripción de la cancelación de Euro Spain Cargo Logistic S.L S.L. con CIF B-18897462
Requiérase a la administración concursal para que en el plazo de cinco días desde la cancelación de la inscripción realizada en el Registro mercantil aporte al juzgado su acreditación de administrador cesando en ese momento en sus funciones.
Contra la presente resolución no cabe interponer recurso alguno (art. 481 TRLC (177 LC)).
Granada, 14 de septiembre de 2020.- La letrada de la Administración de Justicia, Constanza Clara Lendínez Barranco.
Edicto
El Juzgado de lo Mercantil de Granada, en cumplimiento de lo dispuesto en el artÃculo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:
1.º- Que en el procedimiento número 608/2016, con NIG 1808742M20160000696 por auto de 17/11/16 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Euro Spain Cargo Logistic S.L. con CIF B 18897462, con domicilio en. C/ Fuente C, portal a, bajo B Salobreña y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Salobreña, en el domicilio anteriormente indicado.
2.º- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.
3.º- Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art 85 de la L.C. A estos efectos se informa que la administración concursal designada ha sido Sociedad Europea de Consultores JurÃdicos y de Empresas S.LP. con domicilio en C/ Camino de Ronda, 74 -3º- pta 4 (18004) Granada y correo electrónico rafael@consultoresjuridicos-empresas.com
La personación en el presente procedimiento deberá efectuarse mediante escrito independiente del anterior presentado en forma ante este Juzgado.
El plazo para esta comunicación es el de un mes, a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el "BoletÃn Oficial del Estado" del auto de declaración del concurso en la forma prevista en el art. 23.1 de la L.C.
4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artÃculo 184.3 LC).
Granada, 25 de noviembre de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.