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Concurso de acreedores terminado Jorge Puigoriol Sala Sa

El 26-07-2016, Jorge Puigoriol Sala Sa, en TEIA CENTRE (Barcelona) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de BARCELONA. El número de insolvencia de esta empresa es A08962748. La actividad (principal) de Jorge Puigoriol Sala Sa es industria textil.
El concurso ha concluido.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Jorge Puigoriol Sala Sa
Localidad:
TEIA CENTRE
Provincia:
Barcelona
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
A08962748
Número de insolvencia:
A08962748
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Industria
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
PS :
LA RIERA 1
08329 TEIA CENTRE
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
03-12-2018
A180071703
 
  • Cese de los Administradores
  • Alzamiento de las limitaciones de administración
  • Conclusión del concurso
 

Margarita Marquina Castells, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Barcelona,

Hago saber: Que en el concurso abreviado 487/2016 se dictó un auto por el que se ha declarado concluso el concurso de JORGE PUIGORIOL SALA, S.A., con NIF A08962748, con domicilio en paseo de Riera, n.º 1, de Teià.

La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (art. 177.1 LC), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación.

Barcelona, 13 de noviembre de 2018.- La Letrada de la Administración de Justucia, Margarita Marquina Castells.

10-09-2016
A160061784
 
  • Auto de declaración de concurso
  • Cese de los Administradores
 

Doña Margarita Marquina Castells, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de Barcelona y provincia,

Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 487/2016 en el que se ha dictado con fecha 26 de julio de 2016 auto declarando en estado de concurso a la entidad JORGE PUIGORIOL SALA, S.A. con CIF A08962748, y mandando darle publicidad con los siguientes datos:

NIG del procedimiento: 08019-47-1-2016-8005054.

Tipo de concurso: Voluntario. Se ordena la intervención por la administración concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad en concurso.

Concursada: JORGE PUIGORIOL SALA, S.A. con domicilio en calle Teiá, Paseo de Riera, n.º 1 de Barcelona.

Administrador concursal: D. José García García en representación de Grupo Gispert Abogados y Economistas, S.L.P. con domicilio en Av. Diagonal, n.º 416, pral. de Barcelona con correo electrónico concursojorgepuigoriol @grupogispert.com

Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme el art. 85 de la Ley Concursal: Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta oficina judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.

Barcelona, 28 de julio de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.

Informes
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