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Concurso de acreedores terminado Juma Servicios 10 Sl.

El 15-01-2015, Juma Servicios 10 Sl., en SANTA ICIA (La Coruña) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de LA CORUÑA. El número de insolvencia de esta empresa es B15474976. La actividad (principal) de Juma Servicios 10 Sl. es actividades de construcción especializada.
El concurso ha concluido por insuficiencia de masa activa.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Juma Servicios 10 Sl.
Localidad:
SANTA ICIA
Provincia:
La Coruña
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B15474976
Número de insolvencia:
B15474976
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Construcción
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
DO MAR (POL. INDUSTRIAL DE LA GANDARA) 0
15690 SANTA ICIA
Mostrar en tarjeta
-
CL :
MESTRE LOPEZ DAFONTE 9
15406 FERROL
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
14-06-2016
A160034390
 
  • Cese de los Administradores
  • Alzamiento de las limitaciones de administración
  • Conclusión por insuficiencia de masa activa
 

Edicto.

El Juzgado de lo Mercantil número 2 de A Coruña, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:

Que en el procedimiento número 509/2014, se ha dictado Auto de Conclusión de Concurso, con fecha 4 de abril de 2016, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

PARTE DISPOSITIVA.

1. Se decreta la conclusión, por insuficiencia de la masa activa para satisfacer los créditos contra la masa, del presente concurso de acreedores de Juma Servicios 10, S.L., con CIF B-15474976, con domicilio social en Polígono Industrial de la Gándara, parcela 127 A, de Naron, Coruña, con los efectos legales inherentes.

2. Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor.

3. Se aprueba la rendición de cuentas formuladas por la Administración concursal y el cese de los administradores concursales.

4. Se acuerda la extinción de la sociedad Juma Servicios 10, S.L., inscrita en el Registro Mercantil de A Coruña al Tomo 1.520 del Archivo, al Folio 131, Hoja numero C-11.950, y la cancelación de su inscripción en el Registro Mercantil y los demás registros correspondientes, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme

5. Notifíquese esta resolución a todas las partes personadas y a la administración concursal. Publiquese en el BOE y en el Tablón de Anuncios de este Juzgado.

6. Unase testimonio al expediente y llévese el original al legajo correspondiente.

MODO DE IMPUGNACION. Contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art. 177 de la LC).

Así lo manda y firma S.S.ª D.ª María Salomé Martínez Bouzas, Magistrada-Juez del Juzgado de los Mercantil número 2 de Coruña. Doy fe.

Y para que sirva de notificación y su publicación en el Boletín Oficial del Estado, expido el presente Edicto.

La Coruña, 13 de abril de 2016.- Letrada de la Administración de Justicia.

09-03-2015
A150007976
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

El Juzgado de lo Mercantil n.° 2 de A Coruña, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23.1 de la Ley Concursal (LC), anuncia:

1.- Que en el Procedimiento CNO 509/2014-J, y número de Identificación General del procedimiento 15030 47 1 2014 0000425, por Auto de 15 de enero de 2015, se ha declarado en concurso voluntario a la deudora "JUMA SERVICIOS 10, S.L.", con CIF B-15474976, inscrita en el Registro Mercantil de A Coruña, al tomo 1520, folio 131, hoja registral número C-11.950. Domicilio social sito en Narón (A Coruña), Polígono Industrial de la Gandara, parcela 127-A,

2.- La deudora conservará las facultades de administración y disposición de su patrimonio, quedando sometida el ejercicio de esas facultades a la intervención del administrador concursal, mediante su autorización o conformidad.

3.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la ley Concursal.

El plazo para esta comunicación es el de UN MES, a contar desde la publicación del anuncio en el BOE.

4.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos por Letrado (art. 184.3 de la LC), a salvo lo que dispone la Ley de Procedimiento Laboral para la representación y defensa de los trabajadores.

5.- Que ha sido nombrado administrador concursal único, con las facultades de intervención expresadas a Manuel Alberto Estévez Mosquera con despacho abierto en Rúa Agrelo, 12-bajo 7, 15220 –Bertamirans-Ames-A Coruña, y correo electrónico: estevezeconomistas@yahoo.es

A Coruña, 15 de enero de 2015.- El/La Secretaria/o Judicial.

Informes
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