D.ª Tomasa Hernández Martín, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Zaragoza, hago saber:
Primero. Que en el procedimiento concursal abreviado número 211/10-A se ha dictado el 02/06/2016, auto de conclusión por insuficiencia de masa del concurso del deudor Permo Logística, S.L.U., CIF B50981257.
Segundo. En dicho auto, se ha acordado la conclusión del concurso y el archivo de las actuaciones, el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, se ha aprobado la rendición de cuentas presentada por la Administración concursal.
Tercero. Contra el auto de conclusión no cabe recurso.
Zaragoza, 2 de junio de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.
EDICTO.
DON RAFAEL SOUSA HERRANZ, Secretario/a Judicial, de JDO. DE LO MERCANTIL n.º 1 de ZARAGOZA, ANUNCIA:
Que en la SECCIÓN I DECLARACIÓN CONCURSO 0000211/2010, referente al concursado PERMO LOGÍSTICA, S.L., C.I.F. B-50981257, con domicilio en Zaragoza, barrio de Pastriz, Polígono La Viñaza, nave 6, por auto de fecha 23/12/11, se ha acordado lo siguiente:
1. Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor.
2. Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.
3. Se ha declarado disuelta la mercantil PERMO LOGÍSTICA, S.L.U., cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal.
4. La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo.
Dentro de los diez días siguientes a la última publicación de este edicto, que está previsto anunciarlo en BOE, y fijado en el tablón de anuncios de la oficina judicial, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.
Zaragoza, 23 de diciembre de 2011.- El/la Secretario/a Judicial.
Doña Tomasa Hernández Martin, Secretaria Judicial del juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Zaragoza, anuncia:
1- Que en el procedimiento concursal número Sección I, declaración concurso 0000211/2010-A, referente al deudor Permo Logística, S.L., con CIF B50981257, con domicilio en Zaragoza, B.º de Pastriz, Polígono La Viñaza, nave 6, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el capítulo I del título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.
Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la secretaria del Juzgado así como obtener copias a su costa.
2- Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Boletín Oficial del Estado, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil.
3- Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador.
Zaragoza, 23 de septiembre de 2010.- La Secretario Judicial.
Don Milagros Alcón Omedes, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil 1 de Zaragoza,
Por el presente, hago saber:
1. Que en los autos seguidos en este juzgado sección I declaración concurso 0000211/2010, en fecha 10 de junio de 2010, auto de declaración de concurso voluntario de "Permo Logística, S.L.", CIF B50981257, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Zaragoza, barrio de Pastriz, polígono "La Viñaza", nave 6.
2. Se acordado la intervención de las facultades de administración y disposición.
3. Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la ley concursal.
Dicha comunicación deberá presentarse en este Juzgado en el plazo de quince días a partir de la última fecha de publicación de este edicto.
4. Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 de la Ley Concursal).
Zaragoza, 10 de junio de 2010.- El Secretario Judicial.