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Concurso de acreedores terminado Construcciones Eromax S.L.

El 16-01-2008, Construcciones Eromax S.L., en SANT VICENÇ DELS HORTS (Barcelona) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de BARCELONA. El número de insolvencia de esta empresa es B62529128. La actividad (principal) de Construcciones Eromax S.L. es construcción de edificios.
El concurso ha concluido.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Construcciones Eromax S.L.
Localidad:
SANT VICENÇ DELS HORTS
Provincia:
Barcelona
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B62529128
Número de insolvencia:
B62529128
Juzgado:
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CR :
SANT BOI 0
08620 SANT VICENÇ DELS HORTS
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
04-08-2017
A170058066
 
  • Conclusión del concurso
 

Margarita Marquina Castells, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 02 de Barcelona, hace saber que:

En el Concurso ordinario 689/2007 se dictó un auto por el que se ha declarado concluso el concurso de Construcciones Eromax, s.l., con NIF B62529128, con domicilio en Carretera Sant Boi 84-87, local 7, Sant Vicenç dels Horts.

La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (art.177.1 LC), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación.

Barcelona, 17 de julio de 2017.- Letrada de la Administración de Justicia.

25-04-2013
A130019478
 
  • Auto de declaración de concurso
  • Cese de los Administradores
 

Don José María Valls Soriano, Secretario judicial de lo Mercantil n.º 2 de los de Barcelona y provincia.

Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 689/2007 en el que se ha dictado con fecha 16-01-2008 auto declarando en estado de concurso a la entidad Construcciones Eromax, S.L., con CIF B62529128 y mandando darle publicidad con los siguientes datos:

Nig. procedimiento: 08019-42-1-2007-0067953.

Tipo de concurso: Ordinario. Se ordena la intervención por la administración concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad en concurso.

Concursada: Construcciones Eromax, S.L., con domicilio en carretera Sant Boi, n.º 84-88, local 7, en Sant Vicens dels Horts (Barcelona).

Administrador Concursal: D.D.ª Josep Maymi Colominas, con domicilio C/ Roger de Llúria, 22, Pral., de Barcelona, con correo electrónico mvilella@mvilella.com, Jordi Albiols Plans (Abogado), domiciliado en C/ Oviedo, 1, ent. 2, de Sant Boi de Llobregat, con correo electrónico jalbiol@rcdslp.com, y a la entidad Caixa Sabadell, como administrador acreedor.

Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme el art. 85 de la Ley Concursal: Los acreedores que no lo fueran en la fecha de la sentencia aprobando el convenio incumplido (14-03-2011) deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicacción expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.

Barcelona, 4 de abril de 2013.- El Secretario judicial.

Informes
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