Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores Namigran S.L.

El 21-12-2009, Namigran S.L., en LLERENA (Badajoz) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de BADAJOZ. El número de insolvencia de esta empresa es B18427013. La actividad (principal) de Namigran S.L. es agricultura, ganadería, caza y servicios relacionados con las mismas.
Se ha calificado de concurso culpable.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Namigran S.L.
Localidad:
LLERENA
Provincia:
Badajoz
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B18427013
Número de insolvencia:
B18427013
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Agricultura, silvicultura y pesca
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
LG :
ARROYO MACHO (COLADA DEL CABALLO) 0
06900 LLERENA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
21-03-2013
A130012220
 
  • Cese de los Administradores
  • Apertura de la fase de liquidación
 

Edicto

EL Juzgado de 1.ª Instancia. nº 6 y de lo Mercantil de Badajoz, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 23 y 24 de la Ley Concursal, anuncia:

Que el procedimiento concursal número Concurso Abreviado 1651/2009, referente al concursado Namigran, S.L., por auto de fecha 4-3-13 ha acordado lo siguiente:

1.- Dejar sin efecto la fase de convenio por no haberse cumplido el convenio.

2.- Abrir la fase de liquidación, conforme a lo ordenado en los artículos 114.3 y 143.1º de la LC.

4.- Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.

5.- Reponer en el ejercicio de su cargo al Administrador Concursal.

Badajoz, 5 de marzo de 2013.- La Secretaria Judicial.

24-01-2013
A130001999
 
  • Calificación de concurso culpable
 

Edicto

El Juzgado de Primera Instancia n.º 6 y de lo Mercantil de Badajoz, en cumplimiento de lo dispuesto por los artículos 23 y 24 de la Ley Concursal (LC), anuncia:

Que en el Incidente de oposición a la calificación 1/12 dimanante del Concurso Abreviado número 1651/09 respecto al deudor Namigrán, S.L., por Sentencia de 19 de octubre de 2012 se ha calificado dicho concurso como culpable.

El fallo de la resolución dictada es del tenor literal siguiente:

Fallo

Acuerdo la calificación del presente concurso 1651/2009 de Namigrán, S.L., como culpable.

Las personas afectadas por la calificación son D. Valeriano Doménech García y D. Antonio López Lucena, que quedan inhabilitados por plazo de dos años para administrar bienes ajenos o representar o administrar a cualquier persona. Asimismo pierden todo derecho que tuvieran como acreedores concursales o de la masa.

Las costas de este incidente serán satisfechas por Namigrán, S.L. y D. Valeriano Doménech García y D. Antonio López Lucena, a excepción de las relativas a D. Rafael Fernández de la Torre, que sarán satisfechas por Agropecuaria Fernanda, S.L., D. Antonio Marín Guerrero, D. Antonio Cabezas Rodríguez, D. José Ramón Durán Santervas, D. Guillermo León Espino, D.ª Carmen Martín Rodríguez, D. Antonio Torres León, D. Fernando Torres León, D. José Torres León.

Notifíquese a las partes. Publíquese la presente resolución de acuerdo con lo dispuesto en los arts. 23 y 24 de la Ley Concursal.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Badajoz, que deberá interponerse ante este juzgado en el plazo de 20 días desde su notificación, previa constitución del depósito previsto en la Disp. Ad. 15ª LOPJ.

Hágase saber a las partes que para la interposición de dicho recurso es preceptiva la constitución de un depósito de 50 Euros, que deberá consignar en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones que este Juzgado tiene abierta en la entidad Banesto, con el n.º: 0346 0000 02 0001 12 debiendo acreditarse documentalmente dicha consignación al tiempo de la interposición del recurso, y no admitiéndose a trámite dicho recurso si el depósito no está constituido.

Por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Badajoz, 13 de diciembre de 2012.- La Secretario Judicial.

11-10-2011
73570
 
  • Finalización de la fase común
  • Presentación de la propuesta de convenio
 

Edicto

El Juzgado de 1ª Instancia Número 6 de Badajoz anuncia:

1.- Que en el procedimiento concursal número 1651/09 referente al concursado Namigran, S.L., se ha dictado sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Fallo

1.- Se aprueba judicialmente la propuesta de convenio anticipada presentada por Namigran, S.L., con los efectos establecidos en los artículos 133 a 136 de la LC. Se pone fin a la fase común del presente procedimiento concursal.

2.- Notifíquese la sentencia al concursado, a la administración concursal y a todas las partes personadas en el procedimiento.

3.- Publíquese el fallo de la sentencia en el Boletín Oficial de Estado.

4.- Líbrense mandamiento/s al Registro Mercantil, para la inscripción de la sentencia y a los correspondientes registros públicos.

5.- Se acuerda la formación de la Sección de calificación del concurso, que se encabezará con testimonio de esta resolución y del auto de declaración de concurso.

Badajoz, 19 de septiembre de 2011.- El / La Secretario.

05-05-2010
30869
 
  • Presentación del Informe de la administración concursal
  • Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
 

Edicto.

El Juzgado de 1.ª Instancia n.º 6 de Badajoz, anuncia:

1.- Que en el procedimiento concursal número 1651/2009 referente al deudor Namigran SL con CIF B-18427013, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.

Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa.

2.- Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Boletín Oficial del Estado, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de 1.ª Instancia.

3.- Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador.

Badajoz, 21 de abril de 2010.- El/la Secretario Judicial.

23-04-2010
27073
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

Edicto.

El Juzgado de 1.ª Instancia n.º 6 y de lo Mercantil de Badajoz, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:

1º.- Que en el procedimiento número 1651/2009, por auto de 21-12-09 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Namigran SL con CIF B-18427013, con domicilio en Colada del Caballo, paraje Arroyo Macho s/n de Llerena y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Llerena.

2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.

3º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.

El plazo para esta comunicación es el de quince días a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.

4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

Badajoz, 22 de diciembre de 2009.- El/la Secretario Judicial.

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