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Concurso de acreedores Monteagudo Arquitectos Slp

El 11-07-2016, Monteagudo Arquitectos Slp, en DEHESA DE CAMPOAMOR (Alicante) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de ALICANTE. El número de insolvencia de esta empresa es B53949509. La actividad (principal) de Monteagudo Arquitectos Slp es servicios técnicos de arquitectura e ingeniería; ensayos y análisis técnicos.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Monteagudo Arquitectos Slp
Localidad:
DEHESA DE CAMPOAMOR
Provincia:
Alicante
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B53949509
Número de insolvencia:
B53949509
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Consultoría, investigación y prestación de servicios técnicos
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
DUQUE DE RIVAS 14
03189 DEHESA DE CAMPOAMOR
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
26-03-2021
A210018276
 

Edicto

D./Dña. Jorge Cuéllar Otón, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil num. 3 de Alicante con sede en Elche, por el presente,

Hago saber:

Que por auto de fecha 11 de marzo de 2021 en el procedimiento concurso abreviado con número de autos 000333/2016 y N.I.G. 03065-66-2-2016-0000286, donde el concursado es la mercantil Monteagudo Arquitectos, S.L.P., con domicilio en calle Duque de Rivas, Nº 14 -Dehesa de Campoamor, Orihuela (Alicante) y CIF nº B-53949509, inscrita en el Registro Mercantil de Alicante, representada por el Procurador D/Dª Cristina Sanchez Martin-Cortes, se ha procedido al cese del administrador concursal D. Jorge Román Pastor nombrado en el auto de fecha 11 de julio de 2016 y al nombramiento de nuevo administrador concursal de conformidad con el artículo 101 TRLC, siendo sus datos los siguientes:

Administrador Concursal: Que ha sido nombrado D./Dª.Luis Fernado Alonso Saura, colegiado del Ilustre Colegio de abogados de Alicante, con domicilio postal para notificaciones: calle Portugal, nº 38, entresuelo (03003) Alicante; dirección de correo electrónica para notificaciones y comunicaciones de crédito: concursomonteagudo@alonsosaura-abogados.com

Se expide el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de nombramiento de nuevo administrador concursal conforme al artículo 35 del TRLC.

Elche, 18 de marzo de 2021.- Letrado de la Administración de Justicia, D. Jorge Cuellar Otón.

16-08-2016
A160047553
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

Edicto

Don Jorge Cuéllar Otón, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Alicante, con sede en Elche,

Por el presente, hago saber: Que por Auto de fecha 11 de julio de 2016 en el procedimiento con número de autos 000333/2016 y NIG 03065-66-2-2016-0000286, se ha declarado en concurso abreviado voluntario al deudor MONTEAGUDO ARQUITECTOS, S.L.P., con domicilio en calle Duque de Rivas, n.º 14, Dehesa de Campoamor, Orihuela (Alicante), y CIF n.º B-53949509, inscrita en el Registro Mercantil de Alicante al tomo 2864, folio 105, sección 8, Hoja A-88288, inscripción 1.ª, representada por la Procuradora doña Cristina Sánchez Martín-Cortés.

Facultades del concursado: Suspendido.

Administrador concursal: Que ha sido nombrado don Jorge Roman Pastor, colegiado del Ilustre Colegio de Alicante, con domicilio postal para notificaciones: calle San Fernando, n.º 53, 2.ª izda., 03001 - Alicante; dirección de correo electrónica para notificaciones y comunicaciones de crédito: despacho@jorgeroman.net; y domicilio postal para que los acreedores efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la Ley Concursal: calle Reina Victoria, n.º 36, entresuelo, izquierda, de Elche.

Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la entidad concursada deberán poner en conocimiento del Administrador concursal en las direcciones indicadas la existencia de sus créditos en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación del presente "BOE".

Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Examen de Autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Oficina judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personación.

Apertura de liquidación: Solicitada la liquidación por el deudor, se procede a la apertura de la misma con todos los efectos que previene el art. 145 de la Ley Concursal, con disolución de la mercantil.

Se expide el presente edicto al objeto de dar publicidad al Auto de declaración de concurso conforme al artículo 23 LC.

Elche, 20 de julio de 2016.- Letrado de la Administración de Justicia.

Informes
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