Edicto
Don Fernando Santiso Vázquez, Letrado de la Administración de Justicia del Jdo. de lo Mercantil n.º 1 de A Coruña, por el presente,
Hago saber:
Que en los autos seguidos en este órgano judicial de CONCURSO abreviado 19/2016 y NIG n.º 1503047120150000962 se ha dictado en fecha 23/02/21 auto de conclusión del deudor ALANSU GALICIA, S.L., con CIF B-70119938, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Cerceda, dicha resolución es firme y en ella se acuerda:
1.-Declarar la conclusión del concurso voluntario ordinario de la entidad ALANSU GALICIA, S.L., CIF B-70119938, inscrita en el Registro Mercantil de A Coruña, Tomo 3229, folio 80, hoja C- 41834, Sección General, al folio 105, hoja C-17513, inscripción 18.ª, por fin de la fase de liquidación y archivar las presentes actuaciones.
2.-Cesar las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor.
3.-Acordar la extinción de la persona jurídica concursada y el cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil.
4.-Aprobar la rendición de cuentas presentada por la administración concursal, que cesará en el cargo, con devolución de la acreditación, a la firmeza de esta resolución
A Coruña, 9 de marzo de 2021.- El Letrado de la Administración de Justicia, Fernando Santiso Vázquez.
Edicto
Don Fernando Santiso Vázquez, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número uno de A Coruña,hago saber:
1.º Que en los autos seguidos en éste órgano judicial de Concurso abreviado 19/2016 y Nig número 1503047120150000962 se ha dictado en fecha 8 de abril de 2016 auto de declaración de concurso voluntario del deudor Alansu Galicia sociedad limitada,con Cif B-70119938,cuyo centro de intereses principales lo tiene en Cerceda.
2.º Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición que ejercerá la administración concursal. Se ha designado,como administración concursal a Argo Asociados Abogados y Asesores Tributarios, SLP que designa a Don Isaías Gónzalez García para el ejercicio de las funciones de administración concursal,con domicilio postal en Calle Cantón Pequeño número 29, oficina comercial 1.º-A, A Coruña y dirección eléctronica concursal@argoasociados.com señaladas para que los acreedores,a su elección,efectúen la comunicación de créditos.
3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en e artículo 85 de la ley concursal, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior,en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.
4.º Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en el Registro Público concursal.
A Coruña, 9 de mayo de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia.