Edicto
Doña Francisca Santos Olmo Martínez, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 y 177 de la ley concursal, anuncia:
1º Que en el procedimiento Concurso Abreviado 463/2015 por auto de fecha 12/02/2016 se ha decretado la conclusión y archivo del concurso de SUPERSERVICIO DE ALIMENTACIÓN MADRID, S.A., C.I.F. A-78523495, por insuficiencia de la masa activa para la satisfacción de los créditos contra la masa. 176 bis 2 y 3 de la Ley Concursal").
2º Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes.
3º Cesa en su cargo el Administrador Concursal, la mercantil Convenia Profesional, S.L.P: representada por Don Rafael Martín Rueda, aprobándose las cuentas formuladas.
Y para su inserción el Boletín Oficial del Estado, conforme a lo dispuesto en el art. 23 y 177 de la Ley Concursal, expido el presente.
Madrid, 15 de febrero de 2016.- Letrada de la Administración de Justicia.
Doña MARÍA DOLORES SÁNCHEZ FRANCO, Secretaria en sustitución del Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de los de Madrid,
Hago saber: Que en este Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de los de Madrid, se sigue Concurso Voluntario Abreviado 463/15, en el que recayó Auto de fecha 9 de septiembre de 2015, en cuya parte dispositiva constan los siguientes particulares:
"Se declara en Concurso Voluntario Abreviado a SUPERSERVICIO DE ALIMENTACIÓN MADRID, S.A., con CIF A-78523495."
"Se acuerda la intervención de las facultades del deudor."
"Los acreedores concursales en la forma establecida en el art. 85 de la Ley Concursal, deberán poner en conocimiento del Administrador Concursal CONVENIA PROFESIONAL, S.L.P. y en su representación don Rafael Martín Rueda, mediante comunicación dirigida a la Plaza de Celenque, n.º 1, 3.º izquierda, 28013 Madrid, o por correo electrónico a superservicioam@convenia.es la existencia de sus créditos, en el plazo de un mes, a contar desde la publicación de este edicto, no siendo válida la comunicación que se dirija directamente al Juzgado."
Y para su publicación en el Boletín Oficial del Estado, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal, expido el presente.
Madrid, 17 de septiembre de 2015.- Secretaria judicial.