EDICTO
Doña María de las Nieves García Pérez, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil 1 de Santander,
Hago saber:
Que en el procedimiento de referencia concurso ordinario 10/2016 se ha acordado por Auto de fecha 1 de febrero de 2021, lo siguiente:
1. Se declara concluso el presente concurso por insuficiencia de masa activa del concursado OSMAN DECORACION, S.L., CIF B39388491, procediéndose al archivo de las actuaciones.
2. Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistente.
3. Se aprueba la rendición de cuentas formulada por la Administración Concursal.
4. Se acuerda el cese de la Administración concursal.
5. Se acuerda la extinción de la persona jurídica de OSMAN DECORACION, S.L., CIF B39388491 y el cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda a cuyo efecto se expedirá mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Santander conteniendo testimonio de la resolución firme.
Anúnciese la conclusión del concurso por medio de edictos que se publicarán en el tablón de anuncios del Juzgado y gratuitamente en el BOE y en el Registro Público Concursal.
Santander, 2 de febrero de 2021.- Letrada de la Administración de Justicia, María de las Nieves García Pérez.
Edicto
Doña Ana del Mar Iñiguez Martínez, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Santander,
Hago saber:
1. Que en el procedimiento concursal 0000010/2016, por auto de fecha 22 de enero de 2016 se ha declarado en concurso, al deudor OSMAN DECORACIÓN, S.L., con CIF número B39388491, y con domicilio en Barrio Rinconeda, s/n, Polanco.
2. Que el deudor conserva sus facultades de administración y disposición de su patrimonio, quedando sujeto en el ejercicio de las mismas al régimen de intervención de la Administración concursal.
3. Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.
El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado y en la página Web del TSJC a efectos meramente informativos.
4. Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).
Que ha sido nombrado Administrador concursal CORAL PANERO NIETO, con DNI 13766158Z, con domicilio profesional en Avda. Libertad, n.º 6, 5.º b, Maliaño, Cantabria, con número de teléfono 942260477, número de fax 942260477 y correo electrónico coralpanero@ono.com
Santander, 29 de enero de 2016.- Secretario Judicial.