Don Juan Fernando Montero Manchado, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 y Mercantil de Cáceres, anuncia:
Que en el Sección V Convenio, Concurso 0000748/2014, referente al concursado Sociedad Cooperativa AgrÃcola Morala, por auto de fecha 19-09-2017, se ha acordado lo siguiente:
1.- Declara la conclusión del concurso, por la inexistencia de bienes o derechos propiedad del concursado ni de terceros responsables para satisfacer a los acreedores.
2.- La extinción de la sociedad Sociedad Cooperativa AgrÃcola Morala, con identificación número F10426112 y el cierre de su hoja de inscripción en los registros que corresponda con expedición de mandamiento conteniendo testimonio de resolución firme.
3.- La aprobación de la rendición de cuentas del Administrador concursal don AgustÃn Jiménez Sánchez.
4.- Archivar definitivamente las actuaciones.
Cáceres, 19 de septiembre de 2017.- Letrado de la Administracion de Justicia.
Don Juan Fernando Montero Manchado, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 1 y Mercantil de Cáceres, por el presente, hago saber:
1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección I, Declaración Concurso 0000748/2014 y NIG n.º 10037 41 1 2014 0033318, se ha dictado en fecha 14-06-2016 Auto de Declaración de Concurso Necesario del deudor Sociedad Cooperativa Agrícola Morala, con NIF n.º F10426112, cuyo centro de intereses principales lo tiene en C/ Antonio Machado, n.º 11, 3.º, Talayuela (Cáceres).
2.º Se ha acordado la suspensión de las facultades de Administración y disposición que ejercerá la administración concursal.
Se ha designado como Administración concursal al Auditor de Cuentas D. Agustín Jiménez Sánchez, con NIF n.º 9170844-P, con domicilio postal en C/ Juan Pablo Forner, n.º 1-11, 06800-Mérida (Badajoz), y dirección electrónica señalada concursal@globalemprentia.com, para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.
3.º Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.
Cáceres, 14 de junio de 2016.- Letrado de la Administración de Justicia.