Edicto
Don Luis Miguel Gonzalo Capellin, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de Barcelona y provincia,
Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 937/2015, en el que se ha dictado con fecha 11 de noviembre de 2015 auto declarando en estado de concurso a la entidad Estampacions Metal.liques Jorrial, S.L., con CIF B61832135, y mandando darle publicidad con los siguientes datos:
NIG del procedimiento: 08019-47-1-2015-8008708.
Tipo de concurso: Voluntario. Se ordena la intervención por la administración concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad en concurso.
Concursada: Estampacions Metal.liques Jorrial, S.L., con domicilio en calle Font Grossa, n.º 18-19, de Centelles.
Administrador concursal: D. José Eduardo de Olano Gavin, con domicilio en Plaça d' Europa, n.º 41-43, de l'Hospitalet de Llobregat, con correo electrónico jdeolano@kpmg.es
Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.
Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 de la Ley Concursal: Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.
El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.
Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.
Barcelona, 3 de diciembre de 2015.- El Letrado de la Administración de Justicia.