Anuncia
Que en el procedimiento concursal número 588/15 referente al concursado Manufacturas Marva, S.L., con CIF n.ª B14057988, por resolución de fecha 20 de enero de 2017, se ha acordado lo siguiente:
Aprobar el plan de liquidación realizado por la administración concursal con las precisiones que constan en el auto una vez valoradas las alegaciones realizadas a dicho plan.
Se acuerda asimismo formar la sección sexta de calificación, del concurso, lo que se anunciará por edictos que se publicarán en el BoletÃn Oficial del Estado y en el Registro Público Concursal.
Dentro de los diez dÃas siguientes a la última publicación de esta resolución, cualquier acreedor o persona que acredite interés legÃtimo podrá personarse en la sección alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable
Córdoba, 20 de enero de 2017.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.
El Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Córdoba anuncia:
1.- Que en el procedimiento concursal número 588/2015 referente al concursado Manufacturas Marva, S.L., con CIF n.º B14057988, se ha convocado Junta de acreedores que se celebrará el día 20 de octubre de 2016, a las 09:30 Horas.
2.- Hasta cuarenta días antes del señalado para la celebración de la Junta, el deudor y los acreedores cuyos créditos superen conjunta o individualmente una quinta parte del total pasivo resultante de la lista definitiva podrán presentar propuestas de convenio.
Los acreedores podrán adherirse a las propuestas de convenio en los términos del artículo 115. 3 de la LC.
3.- Tienen derecho de asistencia a la Junta los acreedores que figuren incluidos en la lista definitiva de acreedores, pudiendo hacerse representar por medio de apoderados en la forma prevista en el artículo 118 de la LC.
Córdoba, 13 de junio de 2016.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.
El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Córdoba. Anuncia
1.-Que en el procedimiento concursal número 588/2015 referente al deudor Manufacturas Marva, S.L., con CIF n.º A 14057988, se ha presentado el informe de la Administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.
Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa.
2.-Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Boletín Oficial del Estado, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil.
3.-Para hacerlo se necesita valerse de Abogado y Procurador.
Córdoba, 7 de septiembre de 2015.- El/la Secretario/a judicial.
Edicto
El Juzgado de lo Mercantil de Córdoba n.º 1, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:
1.º Que en el procedimiento número 588/2015, con NIG 1402142M20150000601, por auto de 5 de junio de 2015, se ha declarado en concurso voluntario al deudor Manufacturas Marva, S.L. con CIF A 14057988, con domicilio en Polígono Industrial Llanos de Jarata c/ Isaac Peral, Parcela 58- Montilla (Córdoba)
2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.
3.º Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art. 85 de la LC. A estos efectos se informa que la administración concursal designada ha sido D/D.ª Francisco Amorós Gil, con domicilio postal en avda. Ronda de los Tejares, n.º 1, 3.º 2.ª Puerta- Córdoba y dirección electrónica fcamoros@icacordoba.es.
El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.
4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).
Córdoba, 9 de junio de 2015.- El/La Secretario Judicial.