Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores terminado Famir Activos Sl

El 20-04-2011, Famir Activos Sl, en S VICENTE RASPEIG/S VICENT RASPEIG (Alicante) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de ALICANTE. El número de insolvencia de esta empresa es B53150009. La actividad (principal) de Famir Activos Sl es actividades inmobiliarias.
El concurso ha concluido.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Famir Activos Sl
Localidad:
S VICENTE RASPEIG/S VICENT RASPEIG
Provincia:
Alicante
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B53150009
Número de insolvencia:
B53150009
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Alquiler y gestión de inmuebles
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
VICENTE SAVALL PASCUAL 16
03690 S VICENTE RASPEIG/S VICENT RASPEIG
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
26-03-2018
A180021213
 
  • Conclusión del concurso
 

Doña Cristina Cifo González, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Alicante, por el presente,

Hago saber:

Que en este Juzgado se siguen Autos de concurso de acreedores n.º 258/11- I en que ha recaído Auto de fecha 22 de marzo de 2018 cuya parte dispositiva de este tenor literal:

1.- Se declara concluso el concurso de acreedores de FAMIR ACTIVOS, S.L., CIF B 53150009.

2.- Quedan sin efecto y se alzan las limitaciones de administración y disposición del deudor que vinieron en su día acordadas a salvo las que se contengan en la sentencia de calificación.

3.- Se acuerda la extinción de FAMIR ACTIVOS, S.L., CIF B 53150009, decretándose la cancelación de su hoja registral de inscripción. Para su efectividad, líbrese mandamiento al Sr. Registrador Mercantil de la Provincia.

4.- Se aprueba la cuenta rendida por la administración concursal en su informe de fecha 8 de febrero de 2018.

5.- Se acuerda el cese de los administradores concursales, a salvo la facultad para proseguir actuaciones en defensa de intereses patrimoniales de la concursada y requiérase la devolución de la credencial.

Notifíquese a las partes personadas y publíquese por medio de edicto en el "BOE" de forma gratuita y en el tablón de anuncios de este Juzgado e inscríbase en el Registro Mercantil.

Líbrense al efecto los correspondientes mandamientos y oficios que se entregan al Procurador del solicitante para su diligenciamiento, debiendo en el plazo de 5 días acreditar la presentación con los requisitos necesarios ante las oficinas correspondientes, bajo apercibimiento de incurrir en responsabilidad profesional en caso de demora.

Contra esta resolución no cabe recurso (art. 177).

Alicante, 22 de marzo de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia.

21-03-2012
A120015660
 
  • Cese de los Administradores
  • Apertura de la fase de liquidación
 

Doña Cristina Cifo González, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Alicante, anuncia:

Que en el Concurso Abreviado 000258/2011, referente al concursado Famir Activos, S.L., por auto de fecha 23 de febrero de 2012, se ha acordado lo siguiente:

1.- Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor.

2.-Acuerda la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.

3.-Se ha declarado disuelta la mercantil Famir Activos, con CIF B53150009, cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal.

Alicante, 23 de febrero de 2012.- El Secretario Judicial.

29-10-2011
77279
 
  • Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
 

El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Alicante, anuncia:

1.-De conformidad con el artículo 75 de la Ley Concursal, y conforme al art 23, 95 y 96 LC, se dicte el presente edicto al objeto de dar publicidad a la presentación del informe por el/los Administrador/es Concursal/es, proveído por resolución de fecha 5 de octubre de 2011, dictado en el concurso seguido en este Juzgado con el 258/11 y de la concursada Famir Activos, S.L.

Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaria del Juzgado, así como obtener copias, a su costa.

2.-Haciéndoseles saber que frente al inventario y lista de acreedores los interesados podrán formular impugnaciones en forma de demanda (art 192 LC y 99 LEC) presentada en Decanato, con identificación del proceso concursal al que se refieren y en el plazo de 10 días, que empezará a contar respecto de las partes personadas desde la notificación de esta notificación y para los interesados desde la última publicación general del edicto.

Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador.

Alicante, 5 de octubre de 2011.- La Secretaria judicial, Cristina Cifo González.

11-06-2011
45892
 
  • Auto de declaración de concurso
  • Cese de los Administradores
 

Doña Inmaculada Martínez Ordóñez, Secretario del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Alicante, dictó, de conformidad con los artículos 21 y 23 de la Ley Concursal, el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este Juzgado:

Juzgado: Juzgado de lo Mercantil número 1 de Alicante, calle Pardo Gimeno, 43.

Número de asunto: 258/11 I.

Tipo de concurso: Voluntario Ordinario.

Entidad instante del concurso: Famir Activos, Sociedad Limitada.

Concursado: Famir Activos, Sociedad Limitada. C.I.F. B-53150009.

Representación y asistencia técnica: Pedro Montes Torregrosa y Álvaro Sánchez Segarra.

Fecha de presentación de la solicitud: 20 de abril de 2011.

Fecha de auto de declaración: 18 de mayo de 2011.

Administrador concursal: Juan Alfredo Alcaraz Mayans, economista, con domicilio en calle Churruca, 18, 1.º, 03003 Alicante y Juan Antonio Sánchez Cantos, abogado con domicilio en Elda, calle Juan Carlos I, 6, entresuelo A, teléfono 966312555.

Facultades del concurso: Conserva facultades de administración y disposición.

Llamamiento a los acreedores: Disponen de un plazo un mes desde la publicación de los edictos para comunicar los créditos a la administración concursal la existencia de su crédito a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y ulterior reconocimiento y clasificación conforme establece el artículo 85 de la Ley Concursal.

Forma de personación: Por medio de Abogado y Procurador ante este Juzgado. La comunicación a los acreedores no personados se hará a la administración concursal. Los autos, informes y documentación trascendental del concurso quedan en la Secretaria del Juzgado para su examen por los interesados, en horas de audiencia.

Alicante, 25 de mayo de 2011.- El Secretario Judicial, Inmaculada Martínez Ordóñez.

Informes
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