Edicto
Doña MarÃa Asunción González ElÃas, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia n.º 6 y de lo Mercantil de Logroño.
Anuncia
1º.- Que en el procedimiento número 459/2014 y NIG.: 26089 42 1 2014 0004568, por auto de fecha 29 de septiembre de 2017 se ha acordado la conclusión del concurso seguido sobre la mercantil PREFABRICADOS NEWPLACK S.L. con CIF B-26256891 con domicilio social en Término San Lázaro s/n de Calahorra-La Rioja. Asimismo se ha acordado el archivo de las actuaciones por inexistencia de bienes y derechos del concursado con los que satisfacer a los acreedores, sin haber declaración de responsabilidad de terceros.
2º.- Se ha aprobado la rendición de cuentas presentada en su dÃa por la Administración Concursal de la concursada.
3º.- La deudora queda responsable del pago de los créditos no satisfechos. Asimismo, los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o se declare uno nuevo.
4º.- Se acuerda además la extinción de la personalidad jurÃdica de PREFABRICADOS NEWPLACK S.L., cuyos datos arriba mencionados se dan por reproducidos, disponiendo el cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil.
5º.- A la conclusión del concurso se le da la misma publicidad que cuando se decretó, publicando el correspondiente edicto en el tablón de anuncios del Juzgado, asà como en el BolettÃn Oficial del Estado y en el Registro Público Concursal.
Mediante resolución de fecha 4 de octubre de 2017 se ha acordado la rectificación del auto de fecha 29 de septiembre de 2017 en el sentido literal siguiente: Que debo declarar y declaro la conclusión del concurso n.º 459/2014 seguido sobre la mercantil PREFABRICADOS NEWPLACK S.L. Se acuerda además el archivo de estas actuaciones por inexistencia de bienes y derechos del concursado con los que satisfacer a los acreedores, habiendo declaración de responsabilidad de terceros, y todo ello sin perjuicio de posibilidad de que proceda en su caso la reapertura del concurso. (...)".
Logroño, 4 de octubre de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.
Edicto.
Doña María Asunción González Elías, Secretaria Judicial del Juzgado de Primera Instancia n.º 6 y de lo Mercantil de Logroño, hago saber:
1.º- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 459/2014 y NIG n.º 26089 42 1 2014 0004568, se ha dictado en fecha 16 de febrero de 2015 auto declarando en concurso necesario y abreviado al deudor PREFABRICADOS NEWPLACK S.L.
2.º- Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición que ejercerá la administración concursal. Se ha designado, como administración concursal a D. Santiago Baena Moreno, con domicilio postal en Paseo Mercadal, n.º 47- bajo de Calahorra- La Rioja, y dirección electrónica señalada administración@afiba.es para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.
3.º- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.
4.º- Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal, www.publicidadconcursal.es.
Logroño, 25 de febrero de 2015.- La Secretaria Judicial.