Don José Luis Gutiérrez Martín, Letrado de la Administración de Justicia del Xdo. do Mercantil n.º 1 de Pontevedra, por el presente, anuncio:
1.- Que en los autos de concurso Sección V Convenio 270/14, seguidos en este tribunal a instancia de Insuiña, S.L., se ha dictado en fecha 1 de enero de 2021, auto declarando íntegramente cumplido el convenio aprobado por Sentencia de este Juzgado de fecha 11 de junio de 2015.
2.- Así mismo hacer constar que cualquier acreedor que estime incumplido el convenio en lo que le afecte podrá solicitar del juez la declaración de incumplimiento pudiendo ejercitarse la acción desde que se produzca el incumplimiento, caducando a los dos meses contados desde la publicación del auto de cumplimiento.
Pontevedra, 4 de enero de 2021.- El Letrado de la Administración de justicia, José Luis Gutiérrez Martín.
D. José Luís Gutiérrez Martín, Secretario Judicial, Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Pontevedra, anuncia:
1.- Que en la Sección V Convenio 270/2014, en el que figura como concursado Insuiña, S.L., con CIF B-36021954, se ha dictado el día 11/6/2015, sentencia, ya firme, aprobando judicialmente el convenio propuesto por Banco Sabadell, S.A. y Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A. y aceptado por la Junta de Acreedores celebrada el día 22/5/2015.
2.- El convenio está de manifiesto en la Oficina Judicial para quienes acrediten interés en su conocimiento.
Pontevedra, 20 de julio de 2015.- Secretario Judicial.
Don José Luís Gutiérrez Martín, Secretario judicial de Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Pontevedra, por el presente, hago saber:
1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.° Sección I Declaración Concurso 270/14 y NIG n.° 36038 47 1 2014 0000356 se ha dictado en fecha 3/9/14 Auto de Declaración de Concurso Voluntario del deudor INSUIÑA, S.L., con CIF B-36.021.954, cuyo centro de intereses principales lo tiene en C/ José Fernández López, s/n, de Chapela (Pontevedra).
2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor. Se ha designado, como administración concursal a DELOITTE ADVISORY, S.L., con domicilio postal en Avda. García Barbón, 106 1o, 36201 de Vigo y dirección electrónica señalada administracionconcursalinsuina@deloitte.es ó www.administracionconcursalinsuina.com para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.
3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.
Pontevedra, 5 de septiembre de 2014.- El Secretario judicial.