Advertida errata en la inserción del Edicto publicado en el Boletín Oficial del Estado número 190, de fecha 6 de agosto de 2014, página 38489, se indica a continuación la oportuna rectificación:
Donde dice:
"1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial Sección I Declaración Concurso 0000331/2014 y NIG nº 47186 47 1 2014/0000380 se ha dictado en fecha 11 de Julio de 2.014, auto de declaración de concurso voluntario Abreviado del deudor FERRALLAS VOLANTÍN VILLAR S.L. con CIF B-47090436, con domicilio en social en Pol Ind El Arenal P-13-Santovenia de Pisuerga."
Debe decir:
"1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial Sección I Declaración Concurso 0000331/2014 y NIG nº 47186 47 1 2014/0000380 se ha dictado en fecha 11 de julio de 2014, auto de declaración de concurso voluntario abreviado del deudor FERRALLAS VALENTÍN VILLAR S.L. con CIF B-47090436, con domicilio en social en Pol Ind El Arenal P-13-Santovenia de Pisuerga."
Edicto
Doña Gloria Morchón Izquierdo, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil N.º1 de Valladolid, por el presente, hago saber:
1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial Sección I Declaración Concurso 0000331/2014 y NIG n.º 47186 47 1 2014/0000380 se ha dictado en fecha 11 de Julio de 2.014, auto de declaración de concurso voluntario Abreviado del deudor FERRALLAS VOLANTÍN VILLAR, S.L., con CIF B-47090436, con domicilio en social en Pol Ind El Arenal P-13-Santovenia de Pisuerga.
2.º Se ha acordado que la deudora conservará las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención del administrador concursal, mediante su autorización. Se ha designado, como administración concursal a D.ª M.ª Jesús García de la Calle, con domicilio postal en c/Ignacio Serrano 1, bajo 9 de Valladolid y dirección electrónica: garciagurpeguiadministradores@icava.org señalada para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.
3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de UN MES a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.
4.º Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal www.publicidadconcursal.es
Valladolid, 11 de julio de 2014.- Secretario judicial.