El Juzgado de lo Mercantil de Almería, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la ley concursal A N U N C I A
Que en el procedimiento número 435/2014, con Nig 0401342M20140000459 en el que es concursada Grupo Empresarial Cealsa SA con Cif A-04020509, en fecha 05/02/20 se ha dictado auto de Conclusión del concurso por insuficiencia de masa activa, cesando todos los efectos de la declaración del concurso. Se ha declarado aprobada la rendición de cuentas final del administrador. Se ha declarado la extinción de la mercantil Grupo Empresarial Cealsa SA.
Almería, 6 de febrero de 2020.- La Letrada de la Administracion de Justicia, M.ª Ángeles Bossini Ruiz.
Edicto
El Juzgado de lo Mercantil de Almería, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC),
Anuncia
1º. Que en el procedimiento número 435/2014, con NIG 0401342M20140000459 por auto de 17/6/14 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Grupo Empresarial Cealsa, S.A., con CIF A-04020509, domicilio calle Rosita, n.º 18-20, Almería y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Almería.
2º. Que el deudor ha sido suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituido por la administración concursal.
3º. Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art. 85 de la L.C. A estos efectos se informa que la administración concursal designada ha sido D/D.ª M&M Abogados Partnership, S.L.P en la persona de su administrador solidario don Mariano Hernández Montes,con domicilio postal calle La Pilarica, n.º 4, 4º-B, 04009 Almería y dirección electrónica concursocealsa@mmabogados.org
El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el "Boletín Oficial del Estado" y en el Registro Público Concursal.
4º. Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).
Almería, 27 de junio de 2014.- La Secretaria Judicial.