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Concurso de acreedores Tryel Aridos Y Construcciones Sl

El 01-07-2013, Tryel Aridos Y Construcciones Sl, en ARAFO (Tenerife) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de SANTA CRUZ DE TENERIFE. El número de insolvencia de esta empresa es B38518767. La actividad (principal) de Tryel Aridos Y Construcciones Sl es otras industrias extractivas.
Se ha presentado la propuesta de convenio.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Tryel Aridos Y Construcciones Sl
Localidad:
ARAFO
Provincia:
Tenerife
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B38518767
Número de insolvencia:
B38518767
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Extracción de recursos minerales
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
AV :
ANGEL GUIMERA 59
38003 SANTA CRUZ DE TENERIFE
Mostrar en tarjeta
-
PG :
INDUSTRIAL VALLE DE GUIMAR 0
38550 ARAFO
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
15-07-2014
A140037673
 
  • Presentación de la propuesta de convenio
 

Don Cristo Jonay Pérez Riverol, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Santa Cruz de Tenerife,

Hago saber: Que en el procedimiento concursal número 88/12, de las Entidades: Transformaciones y Servicios, S.L. (TRAYSESA), con CIF B38044301, Agronaos, S.L., con CIF B38419628, Sociedades Agrupadas Canarias, S.L. (SOAC), con CIF B38606620, Tryel Áridos y Construcciones, S.L. (TRYEL), con CIF B38518767, se ha dictado Auto de fecha 7 de julio de 2014, cuyos puntos principales son del tenor literal siguiente:

"Acuerdo: Cerrar la fase común, abrir la fase quinta de convenio y admitir a trámite la propuesta de convenio presentada por la Procuradora doña Raquel Guerra López, en nombre y representación de Transformaciones y Servicios, S.L. (TRAYSESA) Agronaos, S.L., Sociedades Agrupadas Canarias, S.L. (SOAC), Tryel Áridos y Construcciones, S.L. (TRYEL), de la que se da traslado a la Administración Concursal para que en el plazo de diez días emita escrito de evaluación de su contenido, en relación con el plan de pagos, y, en su caso, con el plan de viabilidad que la acompañe.

Se habilita y se señala fecha para la celebración de Junta de Acreedores el día 13 de agosto de 2014, a las diez horas, en la Sala de Vistas de este Juzgado, habilitando a la Administración Concursal para presidir la misma -artículo 116.2 de la Ley Concursal-. Dése publicidad a este auto, conforme al artículo 23 de la Ley Concursal, y notifíquese al Administrador concursal y a las partes personadas en el concurso."

Y para que sirva de notificación y emplazamiento a todos los interesados-acreedores, mediante su fijación en el tablón de anuncios de este Juzgado y su publicación gratuita (de conformidad con la nueva redacción recogida en el Real Decreto-ley 3/2009).

Santa Cruz de Tenerife, 8 de julio de 2014.- El Secretario Judicial.

01-07-2013
n/a
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 
Se declara en concurso, que tiene carácter de voluntario ABREVIADO a TRYEL ÁRIDOS Y CONSTRUCCIONES SL CIF B38518767, y se declara abierta la fase común del concurso. SE ACUMULAN LOS PRESENTES AUTOS AL CONCURSO ORDINARIO 88/12. Se nombra a la Entidad DICTUM ESTUDIO JURIDICO Y ECONOMICO S.L.P. administrador concursal, quien además de las facultades legalmente previstas, deberá prestar su autorización o conformidad a los actos de administración y disposición sobre el patrimonio del deudor que realice éste, al acordarse la intervención de dichas facultades, en los términos del artículo 40 de la Ley Concursal, quien deberá designar un auxiliar delegado. Se nombra a los auxiliares delegados Doña Sonia Galán Díaz Bethencourt, Letrada y Don Andrés Kozlowski Betancor, Economista. Su retribución se detraerá del arancel de la Administración concursal, y se devengará en proporción a las funciones desarrolladas. Comuníquese el nombramiento a los interesados, a fin de que en el plazo de cinco días desde su recibo comparezcan ante el Juzgado y manifiesten si aceptan o no el encargo o si concurre alguna causa de recusación, debiendo acreditar que tienen suscrito seguro de responsabilidad civil o garantía equivalente- artículo 29 LC-. Llámese, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 21.5° y 85 de la Ley Concursal- redacción dada por ley 38/11 de 10 de octubre- , a todos los acreedores de la Entidad-deudora, para que en el plazo de 1 MES a contar desde el siguiente al de la publicación acordada en este Auto (B.O.E.), comuniquen a la Administración Concursal la existencia de sus créditos, por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quién acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el Juzgado, o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. El domicilio y la dirección electrónica serán únicos y deberán ser puestos en conocimiento del juzgado por el administración concursal al tiempo de la aceptación del cargo. Una vez se haya producido la aceptación del cargo por la Administración concursal, se publicará el edicto con extracto de esta resolución en el BOE, se librará mandamiento al Registro Mercantil y los oficios a los Juzgados Decanos de cada partido judicial. La personación de los acreedores tendrá lugar por escrito firmado por Letrado y Procurador presentado en el Decanato, conforme al artículo 184 LC. La administración concursal realizará sin demora una comunicación individualizada a cada uno de los acreedores. Publíquese extracto de la declaración del concurso en el Boletín Oficial del Estado de conformidad con lo previsto art 23.1 de la LC en su nueva redacción dada por el RDL 3/09, de 27 de marzo.
Informes
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