Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores terminado Rafael Almeida Eurocasa S.L.

El 01-04-2014, Rafael Almeida Eurocasa S.L., en SANTA LUCIA (Palmas (Las)) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de LAS PALMAS DE GRAN CANARIA. El número de insolvencia de esta empresa es B35844927. La actividad (principal) de Rafael Almeida Eurocasa S.L. es construcción de edificios.
El concurso ha concluido.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Rafael Almeida Eurocasa S.L.
Localidad:
SANTA LUCIA
Provincia:
Palmas (Las)
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B35844927
Número de insolvencia:
B35844927
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Construcción
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
BUEN PASTOR, 17 - CASA PASTORES 0
35280 SANTA LUCIA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
04-09-2020
A200037765
 
  • Cese de los Administradores
  • Alzamiento de las limitaciones de administración
  • Conclusión del concurso
 

Doña Elena Luri Rodríguez, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil, n.º 2, de Las Palmas de Gran Canaria, por el presente,

Hace saber: Que en el procedimiento concursal número 0000332/2013, se ha dictado en fecha 1 de septiembre de 2020, auto declarando la conclusión del concurso de la mercantil RAFAEL ALMEIDA EUROCASA, S.L.U., con CIF B35844927, y cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

"Acuerdo:

1.- Declarar la conclusión del concurso de la deudora RAFAEL ALMEIDA EUROCASA, S.L., con C.I.F. B-35.844.927.

2.- Archivar las actuaciones.

3.- Declarar la cancelación de todas las anotaciones o inscripciones efectuadas en virtud de la declaración del concurso.

4.- Declarar el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, salvo las que, en su caso, se contengan en la sentencia firme de calificación.

5.- El cese de la administración concursal designada, debiendo devolver en el plazo de cinco días la credencial que le habilita como tal.

6.- El deudor quedará responsable del pago de los créditos restantes, de modo que los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso. Para tales ejecuciones, la inclusión de su crédito en la lista definitiva de acreedores se equipara a una sentencia de condena firme.

7.- La extinción de la entidad la concursada RAFAEL ALMEIDA EUROCASA, S.L., debiendo cancelarse su inscripción en los registros públicos que corresponda, sin perjuicio del mantenimiento de su personalidad jurídica a los efectos del punto anterior así como para reclamar el activo sobrevenido que pudiera aparecer.

8.- Dar la publicidad por medio de edictos en el tablón de anuncios del juzgado, en el Registro Público Concursal y en el BOE.

9.- Dar la publicidad registral necesaria a cuyo efecto líbrese el respectivo mandamiento al Registro Mercantil de Las Palmas para la anotación de la presente resolución. La concursada figura inscrita al tomo Tomo 1743 de Sociedades, folio 139, hoja GC-34278, inscripción 1.ª. Entréguense al procurador instante para que proceda a su diligenciado y gestión, debiendo de acreditar el mismo haber efectuado las gestiones necesarias para la anotación del mandamiento en el término de diez días.

10.- Aprobar la rendición de cuentas presentada por la Administración concursal."

Las Palmas de Gran Canaria, 1 de septiembre de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia, Elena Luri Rodríguez.

16-09-2014
A140044205
 
  • Presentación del Informe de la administración concursal
  • Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
 

Edicto

Don Eduardo José Rebollo Sanza, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Las Palmas de Gran Canaria,

Por el presente, se hace saber que en el procedimiento concursal número 0000332/2013, seguido en virtud de la declaración de concurso de RAFAEL ALMEIDA EUROCASA, S.L.U., y CIF n.º B-35844927, se ha presentado el informe de la Administración Concursal al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.

Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa.

Dentro del plazo de diez días, a contar desde la notificación a quienes se hayan personado en autos y para el resto de los interesados se computará desde la última publicación de las previstas en el tablón de anuncios del Juzgado y en el Registro Público Concursal previsto en el art. 198 de la Ley Concursal y en tanto se produce la reglamentación de dicho órgano, se publicará en el Boletín Oficial del Estado, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil.

Para realizar dichas impugnaciones se necesita valerse de Abogado y Procurador.

Las Palmas de Gran Canaria, 1 de septiembre de 2014.- Secretario Judicial.

14-04-2014
A140015655
 
  • Auto de declaración de concurso
  • Cese de los Administradores
 

Don Eduardo José Rebollo Sanz, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Las Palmas de Gran Canaria,

Por el presente se se hace saber: Que en el procedimiento concursal 332/2013, seguido a instancias de la Procuradora doña Veneranda Blanca Rodríguez Aguiar, en nombre y representación de la entidad ARQUITECTOS Y PROMOTORES AGRUPADOS, S.L., contra el deudor RAFAEL ALMEIDA EUROCASA, S.L.U., se ha dictado Auto el día 25 de mazo de 2014, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso de la mercantil RAFAEL ALMEIDA EUROCASA, S.L.U., con CIF, n.º B-35844927, el que se tramitará por el procedimiento abreviado.

A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de necesario.

Conforme prevé el art. 23 de la Ley concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público concursal y, en tanto se produce la reglamentación de dicho órgano, se publicará en el Boletín Oficial del Estado.

Se designan como Administradores del concurso a: Doña MARÍA DEL MAR MEJÍAS JIMÉNEZ, con D.N.I. 42.865.731-X, economista, señalando que la oficina o despacho donde desempeñará su cargo en la localidad del ámbito de este Juzgado se encuentra en calle Padre José de Sosa, n.º 26, 2.º B, C.P. 35001 de Las Palmas, Tlf. 928 32 24 37, Fax 928 32 12 03, correo electrónico mejias.concursal@exnovo.es

En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, queda sometido el ejercicio de éstas a la intervención de los administradores concursales, mediante su autorización o conformidad.

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal en el domicilio designado por la Administración Concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada Ley.

Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC.).

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto.

Las Palmas de Gran Canaria, 1 de abril de 2014.- Secretario Judicial.

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