EDICTO
El Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Cádiz, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC),
ANUNCIA
1º.- Que en el procedimiento número 1179/2019, con NIG 1101242120190012077 dictado el 7 de febrero de 2020, rectificado por Auto de fecha 21 de febrero de 2020, ha sido declarado en Concurso Voluntario Abreviado CONSTRUCCIONES PEPE ORTEGA, S.L.U., con CIF B72161391 y domicilio social en calle Marte, Chiclana de la Frontera.
2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la Administración concursal.
3º.- Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la Administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la L.C. A estos efectos se informa que la Administración concursal designada ha sido AATI CONCURSAL, S.L.P., quien ha designado como persona física que lo representa a don Joaquín Arbona Prini, con domicilio postal en Sevilla, calle Monsalves nº 15 (41001), dirección de correo electrónico construccionespepeacreedores@aaticoncursal.es y teléfono de contacto 607719393.
El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.
4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).
Cádiz, 2 de junio de 2020.- Letrado de la Administración de Justicia, Alfredo Fernández Rienda.
E D I C T O
EL JUZGADO DE LO MERCANTIL DE Cádiz, EN CUMPLIMIENTO DE LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 23 DE LA LEY CONCURSAL (LC),
A N U N C I A
1º.- Que en el procedimiento número 1179/2019, con NIG 1101242120190012077 dictado el 7 de febrero de 2020, rectificado por Auto de fecha 21 de febrero de 2020, ha sido declarado en Concurso Voluntario Abreviado Construcciones Pepe Ortega S.L.U., con CIF B72161391 y domicilio social Calle Marte de Chiclana de la Frontera.
2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.
3º- Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la Administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art 85 de la L.C. A estos efectos se informa que la administración concursal designada ha sido AATI CONCURSAL, S.L.P., quien ha designado como persona fisica que lo representa a don Joaquin Arbona Prini, con domicilio postal en Sevilla Calle Monsalves nº 15 (41001), dirección de correo electrónico construccionespepeacreedores@aaticoncursal.es y telefono de contacto 607719393.
El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.
4º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).
Cádiz, 12 de marzo de 2020.- Letrado de la Administración de Justicia, Alfredo Fernández Rienda.