Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores Aceites Villa Arqueologica De Almedinilla S.L.

El 04-02-2014, Aceites Villa Arqueologica De Almedinilla S.L., en ALMEDINILLA (Córdoba) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de CÓRDOBA. El número de insolvencia de esta empresa es B14562631. La actividad (principal) de Aceites Villa Arqueologica De Almedinilla S.L. es industria de la alimentación.
El síndico ha presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Aceites Villa Arqueologica De Almedinilla S.L.
Localidad:
ALMEDINILLA
Provincia:
Córdoba
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B14562631
Número de insolvencia:
B14562631
Juzgado:
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CR :
GUADIX ESTEPA KM 85,300 0
14812 ALMEDINILLA
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Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
11-10-2016
A160066702
 
  • Presentación del Informe de la administración concursal
  • Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
 

El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Córdoba (antiguo instancia número 9), anuncia:

1.- Que en el procedimiento concurso necesario ordinario número 232/2013-C1, referente al deudor Grupo Aceites el Vizconde, Sociedad Limitada, con CIF número B-98428865 y domicilio en calle Góngora, número 1,1 izquierda de Córdoba, y Aceites Villa Arqueológica de Almedinilla, Sociedad Limitada, con CIF número B-14562631 y domicilio en carretera de Guadix-Estepa, sin número, Paraje la Isla, Almedinilla se ha presentado el informe definitivo de la administración concursal, al que se refiere el Capitulo I del Título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.

Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa.

2.- Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Boletín Oficial del Estado, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil.

3.- Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador.

Córdoba, 14 de junio de 2016.- Letrada de la Administración de Justicia.

05-04-2014
A140014576
 
  • Auto de declaración de concurso
 

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil de Córdoba, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:

1.º Que en el procedimiento número 232/2013-C1, con NIG 1402142M20130000252, por auto de 4 de febrero de 2014, se ha declarado en concurso necesario al deudor GRUPO ACEITES EL VIZCONDE, S.L., con CIF n.º B-98428865 y domicilio en C/ Góngora nº 1, 1 izquierda, de Córdoba, y ACEITES VILLA ARQUEOLÓGICA DE ALMEDINILLA, S.L., con CIF n.º B-14562631 y domicilio en Carretera de Guadix-Estepa, s/n, Paraje la Isla, Almedinilla y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Córdoba.

2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.

3.º Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art. 85 de la LC. A estos efectos se informa que la administración concursal designada ha sido DICTUM ESTUDIO JURÍDICO Y ECONÓMICO, que designa representante al profesional del área jurídica a Francisco Javier Fernández Zurita con domicilio postal en Calle Reyes Católicos, n.º 17, 4.º-3. C.P. 14001 de Córdoba y dirección electrónica:avizconde@webconcurso.es y página web: www.webconcurso.es/avizconde.html.

El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.

4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

Córdoba, 12 de febrero de 2014.- La Secretaria Judicial.

Informes
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